La futura Ley de Startups: Hacia planes de incentivos en acciones fiscalmente más eficientes

LEGÁLITAS IMPULSA  

El pasado 27 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el esperado Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, también conocido como “Proyecto de Ley de Startups”, cuyo principal objetivo es establecer un marco normativo que permita apoyar la creación y crecimiento de Startups en España, situando de esta manera a nuestro país a la vanguardia en atracción de inversión, talento internacional y emprendimiento basado en la innovación y digitalización. 

Dentro del paquete de novedades que trae este Proyecto de Ley de Startups, cabe destacar el elevado número de medidas fiscales que pretende implantar, tanto a nivel de las propias Startups, como para las personas que trabajen en ellas.

Exención sobre las rentas en especie

Una de las novedades fiscales más relevantes es la que afecta a la exención aplicable sobre las rentas en especie derivadas de la entrega de acciones o participaciones a trabajadores en activo, de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, recogida en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”).

Este beneficio fiscal, que pasó de ser un supuesto de no sujeción a uno de exención en el año 2015, ha permanecido prácticamente invariable en cuanto a su alcance desde el año 1998 (cuando todavía existían las pesetas), permitiendo a los trabajadores beneficiarse de hasta 12.000 euros anuales de exención (hasta 2015 este importe se consideraba renta no sujeta) cuando se les entregasen acciones o participaciones de la compañía en la que trabajasen o de otras empresas de su grupo, de forma gratuita o a un precio inferior al de mercado, siempre que se cumpliesen una serie de requisitos, entre los que destacaba que la oferta se realizase a todos los trabajadores en las mismas condiciones, con mínimas excepciones.

Pues bien, el Proyecto de Ley de Startups ha puesto fin a más de dos décadas de estatismo, ampliando, con efectos, a priori, desde el 1 de enero de 2023, el límite de 12.000 euros anuales antes indicado hasta los 50.000 euros anuales, cuando la entrega de acciones o participaciones se realice a los trabajadores de una Startup de las reguladas en el citado Proyecto, y eliminando para estos trabajadores la obligación de que la oferta se realice en las mismas condiciones para todos ellos, siempre que dicha oferta quede encuadrada dentro de la política retributiva general de la empresa y contribuya a la participación de los trabajadores en esta última (el límite de 12.000 euros y el requisito de que las acciones se concedan a todos los empleados en las mismas condiciones seguirán resultado de aplicación para empresas que no sean emergentes).

Emisión de acciones para autocartera con la finalidad de ejecutar el plan de retribución en acciones

Además, con el fin de facilitar la articulación de esta forma de remuneración, se permite a las empresas emergentes que sean sociedades limitadas la emisión de acciones para autocartera hasta un máximo del 20% del capital, con la exclusiva finalidad de ejecutar un plan de retribución y siempre que el sistema esté previsto en Estatutos y aprobado por la Junta General de Accionistas mediante acuerdo que incluirá el número máximo de participaciones que se podrán asignar en cada ejercicio a este sistema de remuneración, el valor de las participaciones que se tome como referencia y el plazo de duración del plan.

Stock Options

En el caso de que la entrega de acciones derive de una concesión previa por parte de la empresa emergente de opciones de compra sobre acciones (las conocidas como “Stock Options”) a sus trabajadores, para poder beneficiarse de la exención antes citada, la empresa que conceda las opciones deberá tener la consideración de empresa emergente o Startup en el momento en que se produzca la concesión de las opciones.

Impacto en la tributación de los trabajadores de una Startup frente a los de una empresa tradicional

Se trata, sin duda, de un cambio sustancial que va a traer consigo un tratamiento mucho más ventajoso para los incentivos en acciones concedidos a trabajadores de Startups que los que se concedan a los trabajadores de otras compañías en España.

A modo de ejemplo, un trabajador de una compañía española que no tenga la consideración de Startup al que se le concedan acciones por valor de 55.000 euros tendría que pagar 15.050 euros a la Hacienda española (asumiendo un tipo medio de gravamen hipotético de un 35% y sin tener en cuenta mínimos, deducciones u otras exenciones), mientras que un trabajador de una Startup únicamente abonaría al fisco 1.750 euros en condiciones idénticas, esto es, un 88,37% menos.

Valoración de la renta en especie derivada de la entrega de acciones de la Startup

A efectos de valorar la renta en especie derivada de la entrega de acciones o participaciones de una empresa emergente, el Proyecto de Ley de Startups aclara que las acciones o participaciones entregadas se computarán por el valor de las acciones o participaciones sociales suscritas por un tercero independiente en la última ampliación de capital realizada en el año anterior a aquel en que se entreguen las acciones o participaciones sociales, o, de no haberse producido la referida ampliación, por el valor de mercado que tuvieran las acciones o participaciones sociales en el momento de la entrega al trabajador.

Período impositivo: regla especial de imputación temporal

Finalmente, el citado Proyecto de Ley de Startups recoge una regla de imputación temporal específica para las rentas en especie derivadas de la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores de una Startup que no puedan beneficiarse de la exención antes indicada (esto es, para la parte de dichas rentas que exceda del límite de 50.000 euros anuales), que permite diferir su tributación en el tiempo. En particular, estas rentas se imputarían en el periodo impositivo en el que (a) el capital de la Startup sea objeto de admisión a negociación en Bolsa de valores o en cualquier sistema multilateral de negociación, español o extranjero, (b) se produzca la salida del patrimonio del contribuyente de la acción o participación correspondiente, o (c) se cumpla el plazo de 10 años a contar desde la entrega de las acciones o participaciones sin que se haya producido alguna de las circunstancias anteriores.

Aunque habrá que esperar un poco más para que la Ley de Startups se apruebe de forma definitiva y entre en vigor, no cabe duda de que su contenido podría marcar un antes y un después a la hora de fomentar la atracción de talento internacional a territorio español a través de la aprobación de medidas fiscales ventajosas, incluyendo las que afectan a uno de los factores más determinantes en el ámbito de los recursos humanos: LA RETRIBUCIÓN.

 


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