La Ley de Contratos dará mayores garantías de cumplimiento de la Ley de Morosidad, evitando la tardanza en el cobro que sufren muchas pymes españolas.
- Las propias Administraciones Públicas podrán pagar directamente las facturas de los subcontratistas (restando el importe correspondiente a los contratistas principales), siempre que así lo prevean los pliegos de contratación.
- Las Administraciones realizarán una labor de vigilancia del pago, ya que obligarán a las empresas que contraten con ellas directamente, a depositar cada factura en un registro electrónico.
- Los plazos de pago se empezarán a contar desde la fecha de entrega del bien o prestación del servicio.
- Las Administraciones ya no podrán, sin excepciones, certificar las obras en más 30 días.
- Tampoco se podrá pactar entre contratista/subcontratista –práctica muy habitual- otros plazos de pago diferentes a los legales.
Sin duda, la nueva Ley de Contratos dará –eso se espera- mayores garantías de cumplimiento de la Ley de Morosidad, evitando la tardanza en el cobro que sufren muchas pymes españolas.
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