Medidas migratorias ante el Covid-19

LEGÁLITAS IMPULSA  

En el contexto de COVID-19, algunos países ya han empezado a aprobar medidas migratorias.

• ALEMANIA:

Actualización 24/03/2020:
La Canciller alemana Angela Merkel ha restringido de manera considerable el distanciamiento social y las medidas de cuarentena. Además, los Lander podrán aplicar todas las normas restrictivas que entiendan necesarios para que se den estas medidas de cuarentena y distanciamiento social. Estas restricciones tienen en principio un plazo de aplicación de 2 semanas mínimo. 

Actualización 18/03/2020:
Todas las misiones diplomáticas y sedes consulares alemanas han cerrado su atención al público (se precisa revisar con la sede consular o misión diplomática pues esta medida no está del todo armonizada).

Las oficinas de extranjerías están procediendo también a su cierre. Los procedimientos migratorios están empezando a ser tramitados por vía online y las comunicaciones de las resoluciones favorables de los permisos y autorizaciones de residencia a largo plazo están empezando a ser comunicadas personalmente por email.

Además, se ha procedido al cierre de todas las fronteras en el País (suspensión de Schengen). Las únicas personas que podrán cruzar las fronteras serán los nacionales/ciudadanos alemanes. Las únicas excepciones a esta regla de entrada en el país:

  • Trabajadores transfronterizos de bienes y servicios.
  • Trabajadores transfronterizos para medicamentos o servicios sanitarios. 

La prestación transfronteriza de servicios, como en el denominado entorno de Vander-Elst, también está incluida en la alternativa de "viajeros transfronterizos por motivos de trabajo". Para ello, el contrato del proyecto actúa como sustituto del contrato de trabajo con un empleador local.

Actualización del 16/03/2020:
Se ha decidido reintroducir temporalmente el control fronterizo terrestre como una medida adicional para contener la propagación del coronavirus.


A los viajeros transfronterizos también se les permitirá ingresar y salir del país (se les solicitará que proporcionen pruebas de que necesitan cruzar la frontera por trabajo). Los viajeros que no tengan una necesidad válida de viajar no podrán ingresar / salir del país en las fronteras indicadas. Esto también se aplica a los viajeros con síntomas que podrían indicar infección con el coronavirus. En tales casos, las medidas necesarias se iniciarán en coordinación con las autoridades sanitarias.

• ARGELIA:

El tráfico aéreo se ha reducido considerablemente en el país, pero no en su totalidad. Sin embargo, todos los vuelos procedentes de España, Italia, Marruecos y China han sido cancelados permanentemente por el momento. 

En lo referente a los procesos migratorios dentro del país no podemos afirmar que se hayan suspendido por el momento, ya que en Argelia parece ser que todavía no se ha decretado la suspensión de los servicios por parte de la Administración. Sin embargo, esta situación puede ser modificada en cualquier momento.

En cuanto a las compañías que operan en Argelia, algunas están procediendo con la implantación del teletrabajo y las medidas de higiene y salud se están implantando de manera obligatoria.


• ARGENTINA:

Actualización de 21 de abril de 2020:

La Dirección Nacional de Migraciones de la Argentina anunció el 17 de abril la Disposición N°. 1923/2020 ("nueva Disposición") por la que se amplían por 30 días ciertos plazos previamente anunciados en la Disposición N°. 1714/20202, que tienen que ver con la prórroga automática de las residencias transitorias y temporales en la Argentina. También se establecieron plazos para las empresas con respecto a la renovación de su inscripción en la Dirección Nacional de Migraciones. La nueva Disposición tiene por objeto proteger a la población argentina y controlar y evitar la propagación de COVID-19

Actualización de 15 de abril de 2020:

El 11 de abril, el gobierno argentino amplió aún más las restricciones de viaje manteniendo las fronteras del país cerradas hasta el 26 de abril. Esta medida tiene por objeto proteger a la población argentina y controlar y evitar la propagación de COVID-19. Las investigaciones y las sanciones pueden ser el resultado del incumplimiento de las nuevas normas. Las personas afectadas por la ampliación de las restricciones de viaje tal vez deseen consultar lo antes posible a sus asesores en materia de movilidad mundial y a su asesor jurídico en materia de inmigración para que les asesoren sobre las medidas que deben adoptarse. 


Actualización de 14 de abril de 2020: Las autoridades argentinas han ampliado el "cierre" obligatorio, hasta el 26 de abril, en todo el país. En noticias relacionadas, la Dirección Nacional de Migraciones permanecerá cerrada hasta el 26 de abril.


Actualización de 2 de abril de 2020: La Dirección Nacional de Migraciones de la Argentina anunció el 18 de marzo la Disposición N° 1714/2020 para orientar a las personas que necesiten prorrogar sus residencias transitorias y temporales en la Argentina, así como a las empresas que necesiten renovar su inscripción en la Dirección Nacional de Migraciones. Esta nueva disposición tiene por objeto proteger a la población argentina y controlar y prevenir la propagación de COVID-19. La nueva dispoción recoge los siguientes puntos de interés: La disposición 1714/2020 contiene las siguientes medidas para brindar cierto alivio a las personas que residen en la Argentina: 1 Prorrogar la vigencia de la condición de residencia del individuo otorgada en virtud de los artículos 23 (residencia temporaria) y 24 (residencias transitorias) de la Ley 25.871 por treinta (30) días a partir de su vencimiento normal; 2 Prórroga de la validez de la Precaria de Residencia (certificado de residencia provisional de 3 meses mientras se tramita la solicitud de residencia temporaria o permanente) otorgada en el marco del artículo 20 (solicitudes de residencia); 3 Prórroga de la vigencia de la inscripción de la empresa local en la Dirección Nacional de Migraciones por treinta (30) días a partir de la fecha de vencimiento (a partir del 17 de marzo de 2020); 4 Suspender los plazos para el cumplimiento de cualquier notificación o citación que emanen de procedimientos en curso por treinta (30) días a partir del 17 de marzo de 2020. 


Actualización de 30 de marzo de 2020: Aumento de la imposición de cuarentena, del 31 de marzo al 12 de abril. Los extranjeros deberán ser conscientes de esta extensión ya que Argentina se está aislando del mundo para dar prioridad a la salud y la seguridad de la población. Los empleados expatriados y sus familias que necesiten salir de Argentina deben ponerse en contacto con sus agentes de viajes y profesionales de la movilidad global, y consultar con sus embajadas o consulados 


Actualización 20 de marzo de 2020:
El ejecutivo argentino ha proclamado el cierre total del país y la imposición de una cuarentena desde el 20 de marzo hasta el 31 de marzo. Se impone el cierre de muchos comercios, así como la implantación del teletrabajo.

La negativa por parte de las empresas de aplicación de las medidas de cara a sus empleados podría llevar a investigaciones y sanciones. 

Actualización de 13 de marzo de 2020: 

Se imponen medidas restrictivas de viaje fuera del país, así como dentro del mismo. Además, se restringen y paralizan todos los procedimientos migratorios para los nacionales europeos (incluyen la Schengen Área), Reino Unido, China, Irán, Estados Unidos, y Corea del sur. 

Esta norma aplica a las nuevas solicitudes; los permisos que ya están concedidos no podrán ser retirados.



• AUSTRALIA:

Actualización 30 de marzo de 2020: Si bien el Gobierno de Australia no ha presentado ninguna legislación o norma específica que aborde los problemas relacionados con la COVID-19 a los que se enfrentan los trabajadores extranjeros temporales, la legislación en materia de extranjería (Fair Work Act 2009) ya prevé una serie de disposiciones que los empleadores pueden aprovechar para ofrecer cierta continuidad de empleo a los migrantes temporales afectados. Pueden considerar, por ejemplo, el acceso a una licencia sin goce de sueldo, una reducción de las horas de trabajo y trasladarlos entre entidades empresariales. Esta semana ya se han visto a las principales empresas australianas anunciando grandes reducciones de personal que pueden acarrear a despidos. Para los empleadores y los titulares de visados temporales afectados, que pueden verse desplazados como consecuencia de ello, hay una serie de consideraciones pertinentes. En concreto para el empleador, una vez que se efectúen los despidos, deberá informar de esos acuerdos de despido al Departamento del Interior antes de que busque patrocinar a trabajadores en el extranjero en un futuro próximo. Para los titulares de visados afectados, los viajes internacionales no son recomendables. En el caso de los titulares de visados temporales patrocinados decidan permanecer en Australia, el actual régimen de inmigración australiano no les permite trabajar para un nuevo empleador, a menos que éste acepte patrocinarlos y seguir el proceso de inmigración para el patrocinio. También vivirán contra el "reloj" de la expiración o la cancelación del visado, prescrito en virtud de la Ley de migración de 1958, sin ningún acceso a la seguridad social.

Actualización de 24 de marzo de 2020: Cierre completo de todas las fronteras del país. El 11 de marzo de 2020 se impuso a todos los extranjeros turistas deberán realizar una cuarenta de 14 días en casa o en un hotel de manera obligatoria. Además, queda prohibida la entrada de aquellas personas que hayan transitado por China, Irán, Corea del Sur o Italia. El 15 de marzo de 2020 el ejecutivo australiano impuso de manera efectiva la cuarentena para todas las personas que recientemente hubieran estado de viaje fuera del país. Esta cuarenta es de aplicación para los nacionales australianos, así como los residentes permanentes. Se han tomado medidas también en materia de Visados, ya que aquellas personas que no hayan realizado a la entrada en territorio por la fecha marcada en sus Visados deberán comenzar la solicitud de nuevo, no pudiendo entrar en el país. Además, a los empleadores con la intención de contratar trabajadores extranjeros, se les solicita que retrasen la contratación o imponer la cuarentena obligatoria de 14 días obligatorias a los futuros empleados no australianos. Aquellos residentes extranjeros que estén pendientes de la caducidad de su Visado son aconsejados con no salir del país, o bien comenzar el procedimiento de renovación de sus visados. 

• ARGELIA:

El tráfico aéreo se ha reducido considerablemente en el país, pero no en su totalidad. Sin embargo, todos los vuelos procedentes de España, Italia, Marruecos y China han sido cancelados permanentemente por el momento.   

En lo referente a los procesos migratorios dentro del país no podemos afirmar que se hayan suspendido por el momento, ya que en Argelia parece ser que todavía no se ha decretado la suspensión de los servicios por parte de la Administración. Sin embargo, esta situación puede ser modificada en cualquier momento.

En cuanto a las compañías que operan en Argelia, algunas están procediendo con la implantación del teletrabajo y las medidas de higiene y salud se están implantando de manera obligatoria.


• BARBADOS:

Actualización de 6 de abril de 2020: El Gobierno de Barbados ha emitido una Directiva sobre el toque de queda para la gestión de emergencias (COVID-19), 2020, que introduce limitaciones y restricciones a las empresas, así como a la vida cotidiana y a los viajes dentro del país.

Las medidas propuestas por el Gobierno de Barbados tienen por objeto ayudar a combatir la propagación de COVID-19 en el país y aliviar a las personas y a sus empleadores a medida que se enfrentan a la nueva situación en su vida cotidiana y en sus operaciones comerciales derivada de las restricciones vinculadas al trabajo, los viajes y la vida diaria.

Algunas de las medidas pueden significar retrasos, más administración y una cantidad considerable de inconvenientes para algunas empresas, sus empleados afectados y la población barbadense, en general, aunque es en interés de la protección de la salud y la seguridad públicas. 

A medida que aumenta el costo económico del brote de COVID-19, el Gobierno de Barbados y algunos otros gobiernos del Caribe oriental están adoptando medidas para hacer frente a la disminución de los ingresos y la caída de las empresas que pueden estar experimentando las personas y las empresas. Estas medidas se reducen en: 1. Toque de queda, distanciamiento físico, viajes dentro de la isla: Según la orden, el toque de queda es efectivo desde el sábado 28 de marzo hasta el martes 14 de abril. Se ordenó el cierre de todos los negocios, excepto los de servicios esenciales y los identificados, ya que el gobierno busca contener la propagación del coronavirus y del COVID-19. También hay políticas en vigor con respecto al distanciamiento físico y la minimización de los viajes dentro del país. 2. Viajes, Cuarentena: Las fronteras de Barbados no han sido cerradas. Sin embargo, se están realizando inspecciones en los puertos de entrada del país.

Si una persona ha viajado a un país de alto riesgo (República Popular China, Corea del Sur, Irán, Italia), esa persona debe ponerse en auto cuarentena durante un período de catorce (14) días después de la última exposición.


• BÉLGICA:

Actualización de 7 de abril de 2020:

El gobierno belga ha ordenado el cierre de sus fronteras y ha prohibido todos los viajes no esenciales. La policía belga ha cerrado las fronteras y está deteniendo los coches que cruzan las fronteras para verificar que el viaje puede ser clasificado como esencial. La Unión Europea ha pedido a los Estados miembros que pongan en marcha vías rápidas para el servicio de transporte de emergencia y que garanticen la cadena de suministro de productos esenciales como medicamentos, equipo médico, productos alimenticios esenciales y perecederos y ganado. La Unión Europea también ha publicado orientaciones prácticas para ayudar a garantizar la libre circulación de los trabajadores fronterizos.

La policía belga está vigilando activamente la frontera con los Países Bajos, incluidas las carreteras más pequeñas, y ha cerrado algunos cruces fronterizos para hacer cumplir la prohibición de todos los viajes no esenciales de entrada y salida de Bélgica.

El cruce de la frontera para trabajar se considera una razón esencial para viajar, y los trabajadores fronterizos que necesitan cruzar la frontera deben llevar consigo una declaración del empleador y un documento de identidad válido. El cruce de la frontera para entregar mercancías también se considera un viaje esencial siempre que la persona pueda demostrarlo. Sin embargo, el cruce de la frontera para comprar alimentos no se considera un motivo esencial para viajar y, por consiguiente, ya no está permitido.

Si una persona trabaja en un sector vital y/o en una profesión "esencial" como la descrita anteriormente, puede obtenerse en línea una viñeta (certificado) especial.

Actualización 23/03/2020:

Se procede con el cierre de todas las oficinas de extranjería del país. Sólo se procederá con la expedición de visados para aquellas situaciones de verdadera emergencia o sensibilidad. Sin embargo, se están intentando tomar medidas para que los procedimientos iniciados con anterioridad o en trámite vayan continuando, y no queden pausados. Como ejemplo, las empresas belgas que todavía no hayan recibido la resolución favorable del permiso de trabajo de un nacional de un tercer estado podrán proceder a la contratación del mismo debido a la situación de no poder salir del país.
Finalmente, se cierran todas las embajadas y sedes consulares belgas por todo el mundo.

Actualización de 13 de marzo de 2020:

Se han establecido restricciones para viajes no esenciales por 30 días (posiblemente más). 
Se harán excepciones para los ciudadanos de la UE, los residentes a largo plazo, los miembros de la familia, el personal esencial (por ejemplo, enfermeras, médicos, etc.), las personas que transportan mercancías y el personal de control fronterizo.

Para permisos de residencia de ciudadanos de terceros estados, las autoridades de Bruselas y Valonia han confirmado que aceptarán solicitudes presentadas por correo electrónico (esto ya era posible para la región flamenca). Los solicitantes deberán mantener los documentos originales disponibles si las autoridades los solicitan en una etapa posterior.

Además, algunos ayuntamientos locales han decidido cancelar y reprogramar todas las citas por el momento. Los documentos temporales para cubrir la estadía en Bélgica se emitirán digitalmente.

Se anticipan retrasos en todos los niveles del proceso de toma de decisiones: las embajadas/consulados generales belgas, las autoridades federales belgas, la región valona, flamenca y de Bruselas y los ayuntamientos locales.
La fecha de inicio de las asignaciones a Bélgica para personas que requieren una visa, permiso de trabajo B o Permiso único antes de viajar a Bélgica podría, por lo tanto, posponerse.


• BOTSUANA:

Actualización a 26/03/2020: Como parte de su respuesta a la amenaza del coronavirus, el Gobierno de Botsuana ha anunciado amplias medidas para frenar la propagación del coronavirus (COVID-19). Entre esas medidas figuran la prohibición de la entrada en Botsuana de viajeros procedentes de los siguientes países de alto riesgo: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Estados Unidos de América, Francia, Italia, Noruega, Países Bajos, Reino Unido, República Popular China, Corea del Sur, Irán, Suecia, Suiza y la India. Los ciudadanos y residentes de Botsuana que regresen de los países afectados serán sometidos a una cuarentena obligatoria durante 14 días    

• BRASIL:

Actualización 26/03/2020: En los últimos días, el gobierno ha anunciado varias restricciones de viaje para las personas que vienen a Brasil, con el fin de reducir la propagación de COVID-19 en el país. Aunque las medidas tienen algunas diferencias entre ellas, todas las restricciones eximen a las siguientes personas: ciudadanos brasileños, titulares de un permiso de residencia permanente en el Brasil, extranjeros en misión al servicio de una organización internacional y funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados ante el gobierno brasileño. Además, se sigue permitiendo el paso de cualquier transporte de carga y de vehículos que transporten mercancías. Adicionalmente se establece una prohibición de 30 días de entrada de ciudadanos de la Unión Europea y Asia. Finalmente y desde un punto de vista migratorio, el Ministerio de Justici brasileño ha optado por dejar de publicar los Visados y la aprobación de las solicitudes de permisos de residencia en el Diario Oficial de la Unión durante este período de cuarentena. Por lo tanto, se suspende el plazo de los solicitantes para recoger su documentación aprobada en su respectivo consulado, lo que evita un impacto negativo en la duración y el período de validez de sus visados. A pesar de lo anterior, no hay cambios con respecto a la legislación de inmigración del país ni a la posibilidad de obtener un visado para el Brasil. Sin embargo, los extranjeros que ya están en el Brasil se enfrentan a problemas para regularizar su situación migratoria, ya que la Policía Federal del Brasil está restringiendo sus propias operaciones a fin de evitar la propagación de la COVID-19. Las citas en la Policía Federal para la solicitud de pasaportes y la regularización de la condición de inmigrante, aunque se hayan programado previamente, se limitan ahora a las personas que se encuentran en situaciones extremadamente urgentes.

Actualización 16/03/2020: El Ministerio de Salud de Brasil informa que los viajes a China deben hacerse solo en situaciones estrictamente necesarias. Aún no se ha adoptado ninguna medida adicional o restricción relacionada con la emisión de visas o con la entrada de extranjeros en Brasil. 


• CANADÁ:

Las autoridades canadienses han recomendado que todos los viajeros que ingresen al país se aíslen preventivamente por 14 días. A partir del miércoles 18 de marzo de 2020, Canadá negará la entrada a todos los ciudadanos extranjeros con pocas excepciones. Solo los ciudadanos canadienses y los residentes permanentes que no presenten síntomas de COVID-19 en el punto de partida podrán regresar a Canadá. Las excepciones a la prohibición de viajar al extranjero incluirán:

  • Ciudadanos estadounidenses;
  • Tripulación aérea;
  • diplomáticos; y
  • Familiares inmediatos de residentes permanentes y ciudadanos canadienses.

Los extranjeros que transiten por Canadá con un destino final fuera de Canadá aún podrán viajar

Los vuelos internacionales (excepto los vuelos originados en EEUU, México y el Caribe) solo podrán aterrizar en los siguientes aeropuertos canadienses:

  • Montreal;
  • Toronto;
  • Calgary; y
  • Vancouver.

Los canadienses que regresan del extranjero deben aislarse de inmediato durante 14 días.

Por otro lado, ciertos centros de solicitud de visa (VAC) están cerrados hasta nuevo aviso. Muchos consulados, embajadas y altas comisiones canadienses actualmente operan solo con personal esencial.

Los empleadores pueden continuar presentando solicitudes y obtener aprobaciones para que sus empleados extranjeros trabajen en Canadá, en previsión de un viaje inmediato después de que se elimine la restricción. En este momento, las solicitudes de permisos de trabajo y estudio continuarán siendo procesadas en las oficinas de visas dentro y fuera de Canadá.

Además, aconsejan evitar todos los viajes no esenciales hacia y fuera de Canadá hasta nuevo aviso.Además, aconsejan evitar todos los viajes no esenciales hacia y fuera de Canadá hasta nuevo aviso.


 • CHINA:


Actualización de 2 de abril de 2020: El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Popular China y la Administración Nacional de Inmigración han anunciado que, a partir de las 00.00 horas del 28 de marzo de 2020, se prohibirá temporalmente la entrada en la República Popular China ("China" o "RPC") a los extranjeros que posean visados o permisos de residencia válidos. La asignación internacional y los arreglos de viajes de negocios se enfrentarán a importantes desafíos en los próximos meses en China. Se aconseja busquen asistencia profesional cuando sea necesario, y destacamos las siguientes situaciones: 1. Si los empleados extranjeros o los miembros de la familia que los acompañan tienen un permiso de residencia válido podrán entrar en China solicitando un nuevo visado por la necesidad de llevar a cabo actividades económicas o comerciales, o por necesidades humanitarias de emergencia. 2. Para aquellos que actualmente están en el extranjero, pero cuyos permisos de residencia en China expirarán pronto, deberán empezar a preparar la nueva solicitud de visado para permitir la reentrada tan pronto como se levanten las restricciones fronterizas. 3. Actuando proactivamente suspendiendo las asignaciones internacionales para contener la propagación, revisando los riesgos relevantes asociados e iniciando planes de contingencia para reducir los riesgos y los costos. 4. Medidas a considerar para ajustar eficazmente los planes de viaje para ayudar a minimizar las pérdidas de tiempo o financieras innecesarias. Al mismo tiempo, las siguientes políticas de exención de visado siguen suspendidas hasta nuevo aviso: o Visa a la llegada; o Política de exención de visados de tránsito de 24/72/144 horas; o Política de exención de visado de 30 días de Hainan; o Política de exención de visado de 15 días para extranjeros que entren en el puerto de Shanghai en un crucero; o Política de exención de visado de 144 horas (para la provincia de Guangdong) para los extranjeros que lleguen desde Hong Kong o la RAE de Macao en un crucero; y o Política de exención de visados de 15 días (para la provincia de Guangxi) para los extranjeros que lleguen en grupos turísticos organizados por países de la ASEAN. 


• CHILE:


Actualización de 21 de abril de 2020: El 14 de abril, el gobierno de Chile amplió aún más las restricciones de viaje manteniendo las fronteras del país cerradas hasta el 22 de abril. Para promover las medidas establecidas a partir del 18 de marzo por el Gobierno de Chile con respecto a las restricciones de viaje y relacionadas con el cierre de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas a todos los nacionales extranjeros, se ha anunciado ahora que las fronteras permanecerán cerradas hasta el 22 de abril. Es importante mencionar que la prórroga del período de cierre de las fronteras no afectará a la entrada o salida de carga o servicios de flete/transporte. El propósito de lo anterior es seguir garantizando un suministro "normal" de mercancías para el país. Los nacionales chilenos y los extranjeros con residencia en Chile podrán entrar en el país, pero estarán sujetos a una cuarentena obligatoria de 14 días a partir de la fecha de entrada en Chile, independientemente del país de origen. En cuanto a los viajeros marítimos, desde el 15 de marzo hasta el 30 de septiembre, todos los puertos están cerrados para los cruceros.
Actualización 18 de marzo de 2020: 

El Gobierno de Chile ha declarado la Fase 4 del COVID-19, de acuerdo con el protocolo de la Organización Mundial de Salud (OMS), corresponde a la etapa de circulación viral y dispersión comunitaria de la enfermedad, lo que implica la propagación generalizada del virus en el país. 

En mensaje presidencial durante el 16 de marzo de 2020, anunció, entre otras, la disposición de las siguientes medidas extraordinarias:

  • a. A partir del miércoles 18 de marzo de 2020, Chile cerrará todas sus fronteras terrestres, marítimas y aéreas, para el tránsito de personas extranjeras. A menos que el Ejecutivo indique lo contrario, esta medida se entenderá vigente a partir de las 00.00 h, del día 18 de marzo.
  • b. Los nacionales chilenos y los extranjeros con residencia en Chile que provengan de países calificados como de alto riesgo (actualmente, Irán, China, Alemania, Francia, España, Italia, Corea del Sur y Japón), podrán ingresar al país sometiéndose a los procedimientos de control de la Aduana Sanitaria y a una cuarentena obligatoria de catorce (14) días. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones penales y administrativas, entre las cuales se cuentan la imposición de penas privativas de libertad, multas y la expulsión del país. 
  • c. Los extranjeros con solicitudes de visas ministeriales de residencia en curso (solicitadas en Chile) y los extranjeros con visas de residencia vencidas que aún no tengan aprobados y vigentes sus respectivos comprobantes de visa en trámite o comprobantes de permanencia definitiva en trámite, no podrán reingresar a Chile hasta que sus respectivos comprobantes hayan sido emitidos o prorrogados, en caso de encontrarse estos vencidos.
  • d. Este cierre de fronteras no afectará al transporte de carga ni al personal asociado a dicha actividad, con el fin de garantizar el abastecimiento de bienes y servicios en el país.
  • e. Los Jefes de Servicio tendrán facultades para modificar los horarios de atención de los organismos públicos a su cargo y podrán decretar medidas de teletrabajo para sus funcionarios.

Estas medidas se suman a las anteriormente decretadas por el Gobierno, entre las cuales se cuentan las siguientes:

  • 1. Aislamiento de personas infectadas con COVID-19 o bajo sospecha de estar infectadas.
  • 2. Obligación de prestar declaración jurada sobre estado de salud para todo nacional chileno o extranjero residente que ingrese al país.
  • 3. Suspensión de clases en colegios y jardines infantiles por dos (2) semanas.
  • 4. Prohibición de celebrar reuniones públicas con más de doscientas (200) personas.

ha decretado hoy el Estado de Catástrofe en todo el territorio nacional, que es un estado de excepción constitucional válido por 90 días, prorrogables, y que será efectivo a partir de las 00.00 hrs., del día jueves 19 de marzo.

Actualización 19/03/2020:

El estado de excepción constitucional habilita al Ejecutivo a restringir el ejercicio de derechos y garantías constitucionales. Esta declaración acarreará, por el momento, las siguientes medidas:

1) Refuerzo de las medidas de seguridad en clínicas, hospitales y servicios de atención de salud.

2) Protección a la cadena logística y transporte de medicamentos.

3) Medidas especiales en el traslado y cuidado de pacientes, de personal de salud y evacuación de pacientes.

4) Obligatoriedad de las medidas de aislamiento social y cuarentena que sean decretadas.

5) Medidas para garantizar la cadena de producción y de distribución de bienes y servicios que aseguren el abastecimiento normal de la población.

6) Protección y salvaguarda de fronteras.

La declaración del estado de catástrofe permitirá el establecimiento de medidas que incluyen la prohibición de reuniones públicas, requisar bienes y limitar el derecho de propiedad cuando sea necesario (v.gr., mediante una política de fijación de precios) para asegurar la distribución normal de bienes básicos y prestación de servicios, organizar la creación de reservas de alimentos y de otros bienes necesarios para la atención y subsistencia de la población; el establecimiento de cuarentenas o quedas; decretar medidas extraordinarias para la protección de servicios de utilidad pública y limitar el tránsito de personas y transporte público.

Las medidas mencionadas pueden desarrollarse de manera paulatina según la evolución de la situación. Por lo tanto, nuevos decretos y medidas podrán adoptarse en los siguientes días.

Adicionalmente, se adoptarán medidas administrativas para asegurar la continuidad de los servicios públicos esenciales. El Gobierno anunció que los chilenos y extranjeros residentes, temporarios o definitivos, se beneficiarán con una prórroga de un (1) año de las cédulas de identidad chilenas que estén por expirar.

Aunque aún no se ha confirmado oficialmente un procedimiento específico, esta prórroga sería aplicada solamente a las cédulas de identidad. Los extranjeros con visas temporarias que estén prontas a expirar deberán solicitar dentro de plazo legal la correspondiente prórroga de sus visados o la permanencia definitiva, según sea el caso.

El Departamento de Extranjería y Migración desarrollará un sistema electrónico que permitirá a los extranjeros con solicitudes de visa temporaria aprobadas descargar un estampe electrónico de visa que tendrá una validez de seis (6) meses. Los empleados que se encuentren en esta situación se encontrarán obligados a solicitar el estampe físico de la visa en sus pasaportes antes de la fecha de expiración.

• COLOMBIA:

Actualización 25/03/2020:  

El Gobierno colombiano ha declarado el cierre obligatorio desde el 25 de marzo hasta el 13 de abril.

Además, se han tomado las siguientes medidas:
1. Suspensión de los plazos de validez de las garantías de permanencia hasta el 30 de mayo o más si es necesario.

2. Migración Colombia podrá conceder una oportunidad de enmienda y no realizar procesos administrativos si los ciudadanos extranjeros no registraron sus visas o solicitaron su identificación de extranjero en los términos estipulados.

3. Suspensión del cómputo de los días de los permisos de residencia temporal y prórrogas de la residencia hasta el 30 de mayo o más, de ser necesario.

4. Suspensión del cómputo de los días de los permisos especiales de estancia.

5. Suspensión del plazo de validez de los permisos para otras actividades (POA) hasta el 30 de mayo.


• CROACIA:

Actualización del 19 y 23 de marzo de 2020:

Paquete de nuevas medidas del gobierno croata que buscan paralizar la entrada de la enfermedad en el país y, que las Autoridades tengan un control real del virus.

Se produce el cierre total de fronteras en el país, pudiendo únicamente entrar en el país los nacionales/ciudadanos croatas o los trabajadores transfronterizos de bienes y servicios sanitarios, o misiones diplomáticas.

Además, todos los ciudadanos croatas que hayan permanecido o estado en algunos de los siguientes países deberán proceder a la cuarentena obligatoria de 14 días de encierro en un hotel o en casa. 


• DINAMARCA:

Actualización de 19 de marzo de 2020:

Dinamarca cierra fronteras y se suspenden los viajes fuera y dentro del país. Se podrá efectuar el rechazo en fronteras de los individuos salvo que acrediten una causa licita y razonable para entrar en el país. 

No se podrá entrar en Dinamarca con Visado hasta el próximo 13 de abril de 2020 salvo previo aviso. 

Las autoridades migratorias danesas van a seguir trabajando, pero teniendo en cuenta las medidas adoptadas, y que los funcionarios estarán trabajando desde sus casas se esperan retrasos en las resoluciones de los expedientes migratorios en el país. 

Además, hasta nuevo aviso no se hará la toma de huellas biométricas hasta que el Gobierno danés consideré que no hay riesgo para la población y funcionarios.


Actualización de 18 de marzo de 2020:

El gobierno danés ha tomado la decisión de tomar medidas en materia de salud y distanciamiento social. Destacamos las siguientes:

1. Se impone a los trabajadores de la empresa privada la medida de teletrabajo.

2. Cierre de toda la Administración gubernamental, salvo aquella de vital importancia para el país.

3. Todos los establecimientos cierran de cara al público salvo los supermercados y las farmacias.

4. Prohibición de reuniones en el exterior de más de 10 personas.

5. Se establece la medida de cuarentena en casa hasta, en principio, el 30 de marzo.

6. Los ayuntamientos se encuentran cerrados, toda comunicación con las Autoridades y Administración se deberá hacer mediante el teléfono.  

Aquellos daneses que hayan viajado al exterior deberán aplicar una cuarentena en casa o en un hotel de 14 días.


• EGIPTO:

Actualización de 13 de abril de 2020: De acuerdo con el Decreto del Primer Ministro # 852 emitido el 8 de abril, todas las disposiciones establecidas en el decreto # 768 emitido el 24 de marzo de 2020 han sido ampliadas. Se impondrán durante 15 días más las restricciones de las siguientes situaciones a partir del 8 de abril de 2020: o Toque de queda de las 20.00 a las 6.00 horas, o Cierre de todas las tiendas, centros de servicio y restaurantes, entre las 5 p.m. y las 6 a.m. y todo el día los viernes y sábados, excepto los restaurantes, o Cierre de cafés, cafeterías, casinos, o La suspensión de todos los servicios prestados por los ministerios y gobernaciones, como las oficinas de notarios públicos, los permisos de trabajo y los pasaportes, .... (con excepción de las oficinas de salud), y los documentos oficiales emitidos por estas autoridades se prorrogan por ese período, o La suspensión de escuelas, instituciones educativas, universidades. Además de lo anterior, se suspende la prohibición de viajar (hasta nuevo aviso).

Actualización 19 de marzo de 2020: 

El Gobierno egipcio acaba de proceder con la cancelación y suspensión de todos los vuelos desde el 19 de marzo hasta el 31 de marzo. Por el momento no se han decretado el cierre de fronteras u otro tipo de medida. 

• ESPAÑA:

Actualización 2 de abril de 2020: La administración pública española está adoptando nuevas medidas de "contención" para proteger la salud de los ciudadanos de España ante la creciente crisis de COVID-19 en el país. Una de las medidas más recientes, es la Orden INT/270/20202 ("la Orden") de 21 de marzo de 2020, por la que se establecen los criterios para la aplicación de una restricción temporal de los viajes no esenciales procedentes de terceros países a la Unión Europea (UE) y a los países asociados del espacio Schengen. Estos criterios entraron en vigor a medianoche del domingo 22 de marzo de 2020, en los puestos fronterizos de España en puertos y aeropuertos. Estas medidas tendrán un gran impacto a todas las personas que viajan dentro de España, así como del extranjero a España, y a aquellos que desean viajar fuera de España. Las empresas que estaban en proceso de envío de cesionarios y viajeros de negocios o habían previsto el envío de cesionarios y viajeros de negocios entrantes a España o salientes de España se verán afectadas. Los empleados y sus familias que hayan recibido ofertas de asignación internacional a España pueden tener que aplazar el comienzo de la asignación o pueden estar ya allí, pero con visados de duración limitada. Las empresas con presencia mundial y las personas que operan a través de las fronteras deben ser cada vez más conscientes de los riesgos relevantes asociados con los viajes, los eventos y conferencias con gran afluencia de público y los nuevos acuerdos de trabajo derivados del brote de COVID-19. Además, estas medidas van muy enfocadas a los siguientes tipos de viajeros: El acceso sólo se concederá a los ciudadanos españoles y a los residentes españoles junto con los que se encuentren en una de las siguientes categorías: a) Residentes de la UE o de los Estados asociados al espacio Schengen, que viajen directamente a su lugar de residencia. b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o un Estado asociado al espacio Schengen que viajen a ese mismo Estado. c) Los trabajadores transfronterizos. d) Profesionales de la salud o de la tercera edad que vayan a trabajar. e) El personal dedicado al transporte de mercancías, en el ejercicio de su profesión, y las tripulaciones de vuelo necesarias para llevar a cabo actividades de transporte aéreo comercial. f) El personal diplomático y consular, el personal de organizaciones internacionales y militares y los miembros de organizaciones humanitarias en el ejercicio de sus funciones. g) Las personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados. h) Las personas que aporten pruebas documentales de fuerza mayor o de peligro, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios. La Orden será válida por un período inicial de 30 días, con la posibilidad de una prórroga que puede ser acordada en el futuro. 


Actualización 25/03/2020:

RD 463/2020:

Comunicación y análisis disposición adicional tercera del RD. La comunicación publicada por la Dirección General de Migraciones sobre el alcance de la disposición adicional tercera del RD 463/2020 del 14 de marzo, tiene como objetivo lograr un equilibrio entre la concentración de los recursos públicos en el actual contexto de emergencia sanitaria, así como la preservación de los derechos e intereses de los interesados en los procedimientos administrativos.

Debido a esto, se aceptará por la Administración toda documentación obtenida, a pesar de que la misma haya caducado o expirado. Además, una vez levantadas las medidas excepcionales, se hará necesario considerar recurrir a la ampliación de plazos. 

Las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada del RD 463/2020 pueden dar lugar a las siguientes situaciones:

1. Propuesta de Resolución Favorable: Estos expedientes que tienen la propuesta de resolución favorable, y que no precisan de ningún trámite adicional terminarán el procedimiento administrativo habilitando a su solicitante a trabajar. 

2. Emisión Certificados de Silencio Positivo: Supuestos que ya hubieran vencido el plazo legal de 20 días hábiles para estudiar y resolver el expediente se entenderán concedido por silencio positivo, emitiendo la Administración los correspondientes Certificados de Silencio que habilitaran al solicitante a trabajar.   

3. Suspensión de los Procedimientos: Para aquellos supuestos iniciados y que sigan dentro del plazo legal establecido por la Ley 14/2013 quedaran en suspensión del plazo de la Administración para resolver, así como para aquellos que se encuentren con propuesta de archivo o denegación.

IMPORTANTE: Los plazos para plantear Recursos Administrativos también se encuentran suspendidos.

Solicitudes presentadas con posterioridad a la entrada en vigor del RD 463/2020.

Las solicitudes presentadas con posterioridad a la entrada del RD 463/2020 del 14 de marzo pueden dar lugar a las siguientes situaciones:

1. Solicitudes en la Unidad de Grandes Empresas: Se podrá seguir presentando trámites iniciales o de renovación. Sin embargo, el plazo de estudio y resolución de este se encuentra paralizado hasta nuevo aviso por parte de la Administración.

2. Solicitudes correspondientes a las Oficinas de Extranjería: Dichas solicitudes podrán ser presentadas a través de la plataforma de Mercurio (o en su defecto, mediante la plataforma Red SARA).   

Los órganos instructores de estos procedimientos podrán paralizar el trámite y solicitar la comparecencia presencial del solicitante una vez se levanten dichas medidas excepcionales.


• ESTADOS UNIDOS:

Actualización de 13 de abril de 2020: El servicio estadounidense de Ciudadanía e inmigración (con sus siglas en inglés USCIS) ha ampliado los plazos actuales a unos 60 días naturales para poder dar las respuestas a todas las Solicitudes RFE, Notificaciones de Intención de Denegación (NOID), Notificaciones de Intención de Terminación (NOIT) centros regionales de inversión, y Notificaciones de Intención de Revocación (NOIR) emitidas entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de mayo de 2020. Además, cualquier Formulario I-290B, Notificación de Apelación de Moción, recibido hasta 60 días naturales a partir de la fecha de la decisión será considerado por el USCIS antes de tomar cualquier acción. También se ha procedido con la suspensión de la tramitación todas las peticiones de los formularios I-129 y I-140. El USCIS no ha indicado cuándo se espera que se reanude el procesamiento de las primas. Las oficinas del USCIS han suspendido los servicios de cara al público, incluyendo entrevistas, recolección de datos biométricos, ceremonias de naturalización y citas para el InfoPass, hasta por lo menos el 3 de mayo de 2020. Finalmente, el USCIS permitirá la entrega de documentación que contenga una firma electrónica mientras dure la situación de alarma actual. En cuanto a las Autoridades de protección de fronteras (con sus siglas en inglés CBP), se informa que los Estados Unidos han cerrado sus fronteras norte y sur a todo el tráfico no esencial -definido como turismo o viajes de recreo- hasta al menos el 20 de abril de 2020. Estas restricciones sólo se aplican a los puertos de entrada terrestres y marítimos. También desde el pasado 19 de marzo, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha suspendido la operación de todos los Centros de Inscripción del Programa de Viajeros de Confianza del hasta al menos el 1 de mayo de 2020. Además, la DHS ha pospuesto el requisito de que los individuos obtengan una identificación que cumpla con la norma REAL ID para abordar los vuelos nacionales y entrar en las instalaciones federales hasta el 1 de octubre de 2021. Finalmente, relacionado con esta situación, el presidente de los Estados Unidos Donald Trump ha emitido un comunicado donde se suspende la entrada de personas que estuvieron físicamente presentes en el Reino Unido, Irlanda, el Espacio Schengen, el Irán y la República Popular China durante el período de 14 días anterior a su entrada o intento de entrada en los Estados Unidos. Para finalizar, los Servicios migratorios y de Aduanas (con sus siglas en inglés ICE) permitirán que los empleadores puedan completar una verificación I-9 utilizando elementos de video, correo electrónico o el fax para revisar los documentos de autorización de trabajo de sus empleados. Esta disposición sólo se aplica cuando un empleado no puede entrar físicamente en la oficina debido a la emergencia de COVID-19. Los servicios consulares y en embajadas se encuentran suspendidos hasta nueva orden.


Actualización 30/03/2020: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (con sus siglas en inglés USCIS) ha anunciado tres cambios de procedimiento como resultado de la actual pandemia COVID-19 en Estados Unidos: a. Con efecto inmediato y hasta nuevo aviso, el servicio de procesamiento premium será suspendido temporalmente para todos los formularios I-129, Petición para trabajadores no inmigrantes, y I-140, Petición de inmigrantes para trabajadores extranjeros: o Non-Immigrant I-129 Petitions: E-1, E-2, H-1B, H-2B, H-3, L-1A, L-1B, LZ, O-1, O-2, P-1, P-1S, P-2, P-2S, P-3, P-3S, Q-1, R-1, TN-1 and TN-2. o Immigrant I-140 Petitions: EB-1, EB-2 and EB-3. b. Para las peticiones y solicitudes con fecha 21 de marzo de 2020 y posteriores, el USCIS aceptará firmas originales reproducidas electrónicamente en todos los formularios que requieran una firma "húmeda" original durante la duración de la Emergencia Nacional COVID-19 en los Estados Unidos. c. En el caso de algunas solicitudes de pruebas (RFE) y notificaciones de intención de denegar (NOID), el USCIS ha concedido un período de prórroga de los plazos de respuesta.

Actualización 25/03/2020: Como resultado de la pandemia de COVID-19, los Estados Unidos y el Canadá están restringiendo temporalmente todos los "viajes no esenciales" a través de sus fronteras. La restricción, que entró en vigor el 20 de marzo de 2020, se aplica a los puertos terrestres de entrada a lo largo de la frontera entre los Estados Unidos y el Canadá. El Departamento de Seguridad Interior de los Estados Unidos (DHS), el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos publicó una "Notificación de restricciones temporales a los viajes aplicables a los puertos terrestres de entrada y al servicio de transbordadores entre los Estados Unidos y el Canadá".2 Esta medida no se aplica a los viajes aéreos, ferroviarios o marítimos entre los Estados Unidos y el Canadá. Sí se aplica al transporte de pasajeros por ferrocarril y transbordadores entre los dos países. Las restricciones son de carácter temporal y estarán en vigor hasta el 20 de abril de 2020.

Actualización 20/03/2020: Las autoridades estadounidenses han dado flexibilidad a los criterios del Formulario I9. Estas establecen que los empleadores con empleados trabajen a distancia debido a COVID-19 no estarán obligados a inspeccionar físicamente la identidad del empleado y los documentos de autorización de empleo en presencia física del empleado. Sin embargo, los empleadores deben revisar los documentos a distancia y obtener, inspeccionar y conservar copias de los documentos, dentro de los tres días hábiles a los efectos de completar la Sección 2 del Formulario I-9. Los empleadores deben indicar "COVID-19" como motivo del retraso de la inspección física en el campo "Información adicional" de la Sección 2, una vez que la inspección física tenga lugar tras la reanudación de las operaciones comerciales normales. Estas disposiciones que permiten el aplazamiento del requisito de la inspección física pueden ser aplicadas por los empleadores por un período de 60 días a partir del 20 de marzo de 2020, o dentro de los tres días hábiles siguientes a la finalización de la Emergencia Nacional por parte de la Administración, lo que ocurra primero.

Actualización de 13/03/2020: Se suspenden los vuelos de Europa (incluido Reino Unido) desde el 13 de marzo. Esta situación también aplica para aquellos viajeros que hayan estado en Europa 14 días antes de querer entrar en Estados Unidos.


• FILIPINAS:


Actualización 25/03/2020: Como respuesta al brote de COVID-19, el gobierno filipino ha puesto a todo Luzón (incluida Metro Manila) en cuarentena comunitaria reforzada (ECQ) y ha emitido avisos que restringen los viajes desde y hacia Filipinas. Además, las autoridades de inmigración y fiscales filipinas han suspendido algunas de sus funciones y ampliado ciertos plazos

Actualización 19/03/2020: El Departamento de Asuntos Exteriores (DFA) publicó la Circular del Servicio Exterior No. 29-2020, de fecha 19 de marzo de 20202, en la que se ordena la suspensión de lo siguiente a partir del 22 de marzo de 2020: a. todos los privilegios sin visado basados en acuerdos de exención de visado; b. entrada sin visado durante 30 días de los nacionales no restringidos; c. entrada sin visado de los titulares de pasaportes de la RAE de Hong Kong, la RAE de Macao, la RAE de Macao-portugués y la British National Overseas. Se consideran cancelados todos los visados expedidos anteriormente por los puestos del servicio exterior de Filipinas, salvo los expedidos a funcionarios acreditados de gobiernos extranjeros y organizaciones internacionales y a sus familiares a cargo, así como a los cónyuges e hijos extranjeros de nacionales filipinos. Todos los nacionales filipinos, incluidos sus cónyuges e hijos, y los funcionarios de gobiernos extranjeros y de organizaciones internacionales acreditados en Filipinas podrán entrar en el país con sujeción a los procedimientos de cuarentena. 


• FRANCIA:


Actualización 13 de abril de 2020: Se solicita un certificado de viaje para entrar en Francia a partir del 8 de abril de 2020. El Ministerio del Interior ha puesto en marcha, además, tres nuevos certificados para el estado de emergencia sanitaria en Francia. Se solicita a los viajeros, a partir del 8 de abril de 2020, rellenen y lleven uno de los siguientes certificados de viaje según su situación: o para un viaje de Francia a los territorios franceses de ultramar o para los viajes internacionales del extranjero a Francia o para los viajes internacionales desde el extranjero a los territorios franceses de ultramar El documento debe presentarse a las empresas de transporte antes de su embarque, así como a las autoridades de control fronterizo. En los certificados se enumeran los diferentes tipos de viaje que se permiten a los nacionales no europeos y a los europeos. Los nacionales franceses no tienen que justificar el motivo de su entrada en Francia, pero deben presentar el certificado de viaje. Los certificados están disponibles en francés y en inglés en el sitio web del Ministerio francés.


Actualización 16/03/2020:

El gobierno ejecutivo francés publico un Decreto con medidas que aplican en materia de COVID19. En materia de procedimientos migratorios, para los siguientes procedimientos que ya han sido iniciados, se establece una prórroga de 3 meses para la documentación:

1 Visados de Larga Duración.

2 Permisos de residencia, independientemente de su naturaleza, salvo para los emitidos para las Autoridades Diplomáticas.

3 Permisos temporales de residencia (APS).

4 Solicitudes de Protección Internacional.

5 Recepción de Solicitudes de Permisos de residencia.

Actualización 24/03/2020:

Debido a las últimas situaciones producidas en el país en relación al COVID19, se ha procedido a la publicación de una Ley de Emergencia Nacional 2020-209 


• FINLANDIA:

Actualización 21 de abril de 2020: El 7 de abril de 2020, el Gobierno finlandés adoptó decisiones para endurecer y mantener las restricciones al movimiento/tráfico a través de las fronteras de Finlandia, incluida la restricción del tráfico fronterizo hasta el 13 de mayo de 2020. Además, el Ministerio de Asuntos Económicos y Empleo anunció una lista de tareas que son: i) esenciales para asegurar la cadena de suministro o ii) críticas para las operaciones de la empresa en un sector determinado. Los empleados que trabajen en las áreas que se consideren críticas deben poder entrar en Finlandia. Las restricciones de viaje actualizadas tendrán un impacto considerable en los empleados transfronterizos que se trasladen entre Finlandia y otros países. Las empresas y las personas que operan a través de las fronteras deben ser conscientes de las restricciones de viaje y de las situaciones en las que cruzar la frontera está justificado. Los empleadores deben conocer los criterios y la documentación necesarios para que los trabajadores que entran en Finlandia realicen tareas críticas. Hasta que el gobierno decida que es seguro rescindir o reducir las restricciones actuales, el trabajo a distancia es una "práctica óptima" para los empleados que se desplazan por todo el mundo y que realizan tareas "no críticas" y cuyos viajes son "no esenciales", en la medida de lo posible, y es una forma de que los empleadores fomenten la seguridad de sus empleados y ayuden a garantizar la continuidad de la empresa. La concienciación es vital para determinar los arreglos prácticos de trabajo y para gestionar los riesgos y los costos asociados. Finlandia sigue limitando las entradas de la Unión Europea (UE), así como las de los Estados no miembros de la UE, hasta el 13 de mayo de 2020: Actualmente, pueden viajar a Finlandia los siguientes grupos de viajeros2: o Nacionales finlandeses y sus familiares; o Nacionales de países de la UE y de Schengen que residen en Finlandia y sus familiares; o Nacionales de terceros países que residen en Finlandia con un permiso de residencia; o Viajes esenciales para trabajar y otros tráficos esenciales. Todas las personas que llegan a Finlandia están obligadas, independientemente del motivo del cruce de la frontera, a permanecer en autocuarentena durante 14 días. El requisito de permanecer en cuarentena durante 14 días no se aplicará a los empleados de los servicios médicos de urgencia, al personal de los servicios de rescate ni al transporte de mercancías. 


La medida adoptada por el Gobierno es el aislamiento obligatorio por dos semanas a toda persona que llegue del extranjero.

KPMG Finlandia restringirá durante ese período todas las reuniones cara a cara con los viajeros que lleguen a Finlandia, aunque continuará brindando sus servicios a través de orientación telefónica, instrucciones escritas y plataformas de reunión electrónica. 

• IRLANDA:

Actualización 25/03/2020: Como resultado del brote de COVID-19, la Oficina de Registro del Muelle de Burgh y todas las demás oficinas de registro locales han anunciado que están cerradas por un período de dos meses. Por lo tanto, todas las citas existentes reservadas en la Oficina de Registro del Muelle Burgh se cancelan y se aconseja a los individuos que no asistan. Como resultado de ello, todos los permisos que expiren entre el 20 de marzo y el 20 de mayo de 2020 serán renovados automáticamente por el ministro por un período de dos meses. No es necesario que las personas se registren para esta renovación de dos meses y no se cobrará ninguna tasa. Se mantendrá la condición jurídica de las personas con permisos de inmigración válidos que expiren entre el 20 de marzo y el 20 de mayo de 2020. Esta renovación se hace sobre la misma base que el permiso existente de un individuo y las mismas condiciones seguirán aplicándose. Las personas que hayan llegado recientemente al Estado y hayan tenido que registrarse en la Oficina de Registro del Muelle de Burgh o en su oficina de registro local no tendrán que registrar su permiso hasta que las oficinas de registro vuelvan a abrir o se establezcan otros arreglos. Los empleadores deben ser conscientes de que los empleados o posibles empleados podrán seguir trabajando o comenzar a hacerlo a pesar de no tener un permiso de residencia irlandés válido durante este período. Los que se encuentren en el país con un visado de corta duración (como un visado de turista), a los que se les haya concedido un permiso de estancia de menos de tres meses y que no puedan salir del estado y volver a casa debido a las incertidumbres causadas por COVID-19 también quedarán comprendidos en este aviso. Si un individuo tiene permiso para estar en el estado, y éste va a expirar entre el 20 de marzo y el 20 de mayo de 2020, dicho permiso se considera renovado por dos meses más. Finalmente, las nuevas solicitudes de visado han cesado temporalmente. Si bien seguirá siendo posible solicitar un visado irlandés en línea de la manera habitual, estas medidas temporales significan que los solicitantes no podrán completar el proceso de solicitud. Sin embargo, cabe señalar que seguirán tramitándose determinados casos prioritarios o de emergencia, como los visados de emergencia para determinados profesionales de la salud, los familiares directos de ciudadanos irlandeses, las personas que residen legalmente en Irlanda y las personas a las que se aplica la Directiva sobre la libre circulación de la Unión Europea

Actualización 17/03/2020: Como resultado del brote de COVID-19, el servicio de permisos de empleo de la DBEI se verá afectado. La DBEI ha anunciado que ha comenzado el proceso de agilizar todas las solicitudes de permisos de empleo para el personal médico en la cola de tramitación. Por lo tanto, el tiempo de todas las demás solicitudes de permisos de empleo se verá afectado, y los empleadores y empleados pueden necesitar planearlo. La DBEI cuenta con planes de contingencia para hacer frente a la situación de desarrollo del brote de COVID-19 y actualmente está funcionando con normalidad. En ese caso, el servicio de permisos de empleo seguirá realizando su labor prioritaria.   


• ITALIA:

Actualización de 21 de abril de 2020: Debido a la persistente presencia de COVID-19 en Italia, el gobierno ha extendido el cierre de emergencia por tres semanas más. La nueva fecha de finalización del cierre está ahora fijada en el 3 de mayo. No se han introducido cambios significativos con respecto a los anteriores Decretos-Ley. La mayor parte de las actividades comerciales y productivas del país permanecen cerradas (sólo se permite el teletrabajo para las actividades no esenciales) y el personal de las oficinas y organismos públicos puede seguir trabajando en sus oficinas auxiliares - manteniendo la labor del gobierno - pero sólo cuando sea posible y esté autorizado o permitido. Cierre general se extiende hasta el 3 de mayo Disposiciones y prohibiciones en curso: o Salir de la residencia (casa, apartamento, etc.) sólo se permite para necesidades urgentes comprobables (trabajo esencial, compra de alimentos o ir a las farmacias) que pueden ser verificadas por la policía en caso de controles. o Está prohibido salir del municipio donde se ha pasado el período de encierro. En función de las necesidades sanitarias o de las urgencias laborales, puede ser posible desplazarse fuera de su casa o localidad. Estas situaciones deben ser autocertificadas a través de un formulario específico en caso de controles de la policía y de diversas autoridades. o Está prohibido salir si la temperatura corporal es superior a 37,5°C. o No se puede salir si se ha obligado a someterse a un período de cuarentena. o Está prohibido todo tipo de reuniones en lugares públicos o privados. o Todas las actividades comerciales han sido suspendidas, excepto los servicios esenciales, incluyendo la distribución de alimentos. o El personal que trabaja en oficinas y agencias del sector público, así como los trabajadores del sector privado, son muy animados a trabajar desde casa. En consecuencia, no se permiten las reuniones, las citas y todo lo que implique el acceso a su lugar de trabajo, salvo en circunstancias muy limitadas. Entrada, salida y tránsito en Italia: Ciudadanos italianos y residentes permanentes que regresan a Italia desde el extranjero: o Los viajeros deberán proporcionar a la compañía aérea una autocertificación específica del viaje que demuestre las razones urgentes, bien detalladas y justificadas para regresar a Italia, una dirección a la que se dirigen y un número de teléfono donde se les pueda localizar.


Estos documentos y los detalles que contienen serán verificados.

o Al subir a un avión, se medirá la temperatura corporal del pasajero, y se verificará su aptitud para viajar mediante los controles correspondientes. o Los viajeros deben llevar un formulario de autocertificación adecuado que indique claramente la dirección donde van a pasar la cuarentena de 14 días, así como un número de teléfono donde puedan ser localizados.

o El viajero no podrá llegar a su dirección de destino indicada en la autocertificación utilizando el transporte público; sólo se permite el uso de taxis o coches de alquiler con conductor. Los viajeros pueden ser recogidos en el aeropuerto. En este último caso, sólo una persona (pareja o cohabitante) puede viajar al aeropuerto con una autocertificación en la que se indique la ruta seguida para recoger al viajero, y esa persona debe utilizar equipo de protección personal.

o Todos los viajeros que vengan a Italia deben notificar con antelación a la autoridad sanitaria local competente la dirección en la que van a realizar la cuarentena.

Cuarentena para los que llegan a Italia:

o La cuarentena es obligatoria para todas las personas que lleguen a Italia, independientemente del medio de transporte utilizado (avión, barco, coche, tren). La cuarentena puede ser pospuesta por no más de 72 horas después de la llegada.

o Si el viajero repatriado no tiene un lugar donde pasar el período de cuarentena, o no puede llegar a él, el departamento de Protección Civil encontrará un lugar adecuado, cargando el costo al destinatario del servicio.

o El repatriado deberá informar con antelación a la autoridad sanitaria local competente sobre el lugar donde se alojará durante la cuarentena. o Una nueva cuarentena puede tener lugar en una dirección diferente, pero se debe obtener información adicional y mostrarla en caso de controles La comunicación del cambio de dirección debe hacerse a las autoridades sanitarias. El viaje a la nueva dirección no puede realizarse en transporte público.

Extranjeros residentes en Italia e italianos en el extranjero:

o Los extranjeros residentes en Italia pueden regresar a Italia para asuntos urgentes. Los ciudadanos italianos o extranjeros residentes en Italia, que se encuentren temporalmente en el extranjero, pueden ser repatriados. Cuando viajan en avión, ferry o tren necesitan entregar los documentos adecuados al personal de la aerolínea (u otro personal de transporte, según la situación).

Los viajeros deben llevar consigo su autocertificación sobre el período de cuarentena. o Los italianos en el extranjero pueden ser repatriados por razones urgentes, como: finalización anticipada de un curso de estudios, despido, falta de asistencia/falta de cuidados en caso de dificultades (es decir, desalojo).

Tránsito: o Se permite el tránsito, para volver al país de destino -en Italia o en el extranjero. o El propósito del tránsito debe ser por razones urgentes.

Extranjeros en Italia:

o Generalmente, a los extranjeros en Italia se les permite regresar a sus países. La suspensión temporal de la actividad laboral o el hecho de tener que trabajar desde su casa en Italia no se considera una razón válida para abandonar el país.

o Se recomienda encarecidamente a los extranjeros que se pongan en contacto con

Actualización 6 de abril de 2020: Italia ha estado en una situación de encierro durante casi cuatro semanas. Dado que el coronavirus y el COVID-19. Desgraciadamente siguen teniendo un impacto significativo en la población y la economía de Italia, el Gobierno italiano ha promulgado otro Decreto-Ley urgente el 1 de abril de 2020, que se extiende hasta el 13 de abril de 2020, con las actuales restricciones de viaje y desplazamiento y las políticas de distanciamiento sanitario/higiénico/social, mientras el Gobierno se esfuerza por evitar que el virus siga permeando la población italiana. Las medidas amplían el período de cuarentena de todo el país y continúan las severas restricciones a los viajes internos dentro de Italia. Toda persona que viaje podrá ser sometida a un interrogatorio por la policía y se le pedirá que certifique el propósito de sus viajes. El cierre y la reducción de las actividades de la mayoría de las oficinas/agencias públicas afectarán a los servicios públicos en materia de impuestos, seguridad social, inmigración y otros. Hasta que el gobierno decida que es seguro rescindir o reducir las políticas actuales, el trabajo extensivo a distancia es una "mejor práctica" para los empleados y es una forma de que los empleadores fomenten la seguridad de sus empleados y ayuden a garantizar la continuidad de la empresa. La mayoría de las oficinas públicas italianas encargadas de los impuestos, la inmigración y la seguridad social permanecerán cerradas o con horarios y servicios reducidos, con la extensión del cierre general del país hasta el 13 de abril. Además, estas medidas se seguirán mantenido hasta la citada fecha: a) Salir de la residencia (casa, apartamento, etc.) sólo se permite para necesidades urgentes comprobables (trabajo esencial, compra de alimentos o ir a las farmacias) que pueden ser verificadas por la policía en caso de controles; b) Hay que llevar en el bolsillo una autodeclaración que certifique el motivo urgente; c) Existen sanciones severas para los que incumplen estas normas; d) Se desaconsejan los viajes en los que una persona sale de Italia y, cuando es necesario, también pueden verse afectados por las prohibiciones de viaje impuestas por otros países, los horarios limitados y los servicios reducidos de las compañías aéreas y los controles realizados por las autoridades (policía, policía de fronteras, funcionarios de las compañías aéreas que tienen derecho a denegar el acceso al avión) e) Todas las personas que vienen a Italia están sujetas a un período de cuarentena de catorce (14) días; f) Las autoridades pueden, a su discreción, prorrogar los visados Schengen de corta duración en función de los casos en que una persona no pueda salir del territorio italiano debido a restricciones de viaje. g) El acuerdo de Schengen sigue vigente en Italia, pero en las fronteras se realizan controles más estrictos. Actualización 12 de marzo de 2020: Como resultado del redespliegue de la policía para hacer cumplir las nuevas normas, se ha suspendido la labor de la mayoría de las oficinas de inmigración de la policía y es probable que los nombramientos para obtener permisos de residencia se pospongan hasta 30 días. 

• JAPÓN:

Actualización de 6 de abril de 2020: El Gobierno del Japón impuso nuevas e importantes medidas para ampliar a 73 países y regiones en total su prohibición de entrada a los extranjeros. En consecuencia, se están imponiendo diariamente restricciones a los vuelos y cancelaciones de rutas para reducir el número de pasajeros que llegan al Japón a fin de fomentar la aplicación efectiva de las medidas de cuarentena. El Ministerio de Relaciones Exteriores del Japón proporciona periódicamente información y asesoramiento adecuados para responder con prontitud a las necesidades urgentes de los ciudadanos japoneses o de los viajeros en el extranjero que desean regresar al Japón. Nuevos lista de países con restricciones: Asia Brunei People’s Republic of China, including Hong Kong and Macao Indonesia Malaysia Philippines Singapore South Korea Taiwan, Republic of China Thailand Vietnam Oceania Australia New Zealand North America Canada USA Latin America Bolivia Brazil Chile Dominican Republic Ecuador Panama Europe Albania Andorra Armenia Austria Belgium Bosnia Herzegovina Bulgaria Croatia Cyprus Czech Republic Denmark Estonia Finland France Germany Greece Hungary Iceland Ireland Italy Kosovo Latvia Liechtenstein Lithuania Luxembourg Malta Moldova Monaco Montenegro Netherlands North Macedonia Norway Poland Portugal Romania San Marino Serbia Slovakia Slovenia Spain Sweden Switzerland United Kingdom Vatican City Middle East Bahrain Iran Israel Turkey Africa Cote d'Ivoire Democratic Republic of the Congo Egypt Mauritius Morocco.


• MALASIA:

Actualización 25/03/2020: Se amplían el plazo de las medidas adoptadas el 16 de marzo hasta el 14 de abril. Se imponen más restricciones de movimiento y entrada en el país, incluido a los propios nacionales malayos. Actualización 19/03/2020: Dado que la Oficina del Departamento de Inmigración está cerrada a partir del 19 de marzo de 2020, los viajeros cuyos Visados de turista expiran durante el período del MCO no pueden obtener una renovación para permanecer en Malasia. La oficina de eXpats, dependiente de la Corporación Económica Digital de Malasia, notificó a las empresas bajo su jurisdicción que los permisos especial no es necesario para los expatriados y sus familias si sus permisos expiran durante ese período. Pueden permanecer en Malasia o salir de ella. Los titulares de permisos de larga duración que tengan la intención de regresar a Malasia se enfrentan a una prohibición de entrada. Sólo podrán entrar en el país si su puesto de trabajo se considera "servicios esenciales". Los cónyuges extranjeros de los malayos pueden regresar a Malasia, pero deben presentar documentos de apoyo, como un certificado de matrimonio. Anteriormente se había impuesto una prohibición de viaje a los visitantes de la provincia china de Wuhan, Hubei y Jiangsu, Corea del Sur, Italia, Irán, Hokkaido (Japón) y Dinamarca.

Actualización 16/03/2020: Medidas tomadas por el ejecutivo malayo para prevenir el COVID19 (MCO): 1. restringe el movimiento y la asamblea a nivel nacional; 2. restringe los viajes de todos los malayos que van al extranjero; 3. restringe los visitantes y turistas extranjeros que entran en Malasia; 4. cierra todos los jardines de infancia, escuelas públicas y privadas, incluyendo las instituciones de enseñanza superior; 5. cierra todos los locales gubernamentales y privados, excepto los que se dedican a servicios esenciales. 6. Se aconseja a los extranjeros que se encuentran en Malasia y a los malayos que se adhieran al MCO. Los infractores pueden ser sancionados.    


• NORUEGA:

Actualización de 23 de marzo de 2020: Debido a las últimas novedades en materia de Coronavirus, la plataforma para la solicitud de Permisos de trabajo y residencia se encuentra cerrada. Estará cerrada hasta el 26 de marzo de 2020, tras esto se verá si se prórroga esta situación. Por lo tanto, se da una paralización TOTAL de los servicios migratorios del país de solicitud inicial de permisos de trabajo y residencia. Se dejarán en pausa todos los procedimientos iniciados con anterioridad a esta fecha, así como la cancelación de las citas en Policía. La Dirección General de Migraciones Noruega dará un estado actualizado online de cuándo se prevé la nueva apertura de la plataforma online, así como de las citas en policía. Se mantiene el control de fronteras terrestres, sin embargo, no se dará el cierre de los aeropuertos noruegos. Actualización 13 de marzo de 2020: El Gobierno noruego desaconseja los viajes no esenciales a todos los países fuera de Noruega del 14 de marzo al 14 de abril. El Ministerio de Relaciones Exteriores insta a todos los ciudadanos noruegos que viajan al extranjero a considerar regresar a casa lo antes posible, en consulta con su agencia de viajes o aerolínea. El Gobierno cerrará la frontera a los extranjeros que carecen de un permiso de residencia en Noruega. Sin embargo, los aeropuertos noruegos no están cerrando. Todos los ciudadanos noruegos y las personas que viven o trabajan en Noruega podrán ingresar al país. Se otorgarán exenciones para los ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE) y sus familiares que residen en Noruega. También se están preparando exenciones para los ciudadanos del EEE que trabajan en Noruega. Todos los viajeros que llegan a Noruega desde cualquier país que no sea Finlandia o Suecia deben someterse a cuarentena durante 14 días, independientemente de si tienen síntomas. Esta orden tiene efecto retroactivo que data del 27 de febrero. Actualmente, la policía noruega no acepta solicitudes de permisos de trabajo y las oficinas para realizar los registros de la UE / EEE están cerradas. 


• PAÍSES BAJOS:

Oficialmente no hay restricciones para viajar a los Países Bajos o para las solicitudes de visados holandeses. Si bien es cierto que se está procediendo al cierre de los centros educativos de manera paulatina. 


• PERÚ:

Según las últimas comunicaciones el Gobierno peruano ha suspendido los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, en principio por un plazo de treinta (30) días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020- Decreto Supremo Nro. 008-2020-MT-. 

A través del presente decreto, se dispone la suspensión de los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de 30 días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020, por razones de interés público. Esta medida es aplicable a los vuelos internacionales de Aviación Comercial y Aviación General.

El plazo establecido podrá ser ampliado mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo a la información que le proporcione la Autoridad de Salud, sobre la evolución de la pandemia del Coronavirus (COVID-19).

Sin embargo, las últimas comunicaciones por parte del equipo de KPMG Perú es que se ha decretado el estado de emergencia, cerrando la frontera del país por un periodo, en principio, de 15 días.


• REINO UNIDO:

Actualización de 21/04/2020: El 27 de marzo de 2020, el Ministerio del Interior británico publicó una guía para los patrocinadores de visados de nivel 2, 4 y 5 en el Reino Unido cuyos trabajadores se han visto afectados por COVID-19. El 30 de marzo de 2020, el Ministerio del Interior también publicó una guía para todos los empleadores en relación con la garantía de que los empleados tienen el "derecho a trabajar" en el Reino Unido durante la crisis de COVID-19. Las medidas que el gobierno introdujo para mitigar la difusión de COVID-19 (es decir, permanecer en casa y trabajar a distancia, cuando sea posible) han motivado al Ministerio del Interior a ajustar temporalmente la forma en que se realizan los controles del derecho al trabajo y la forma en que los patrocinadores de estudiantes y trabajadores no comunitarios cumplen con sus obligaciones de patrocinio. Los cambios temporales deberían facilitar a los empleadores la realización de controles del derecho al trabajo. La suspensión de las medidas de aplicación de la ley del Ministerio del Interior contra los patrocinadores que siguen patrocinando a personas en los casos en que los estudiantes o empleados están ausentes directamente debido a COVID-19 y normalmente tendrían que dejar de patrocinarlos, aliviará las ansiedades de los patrocinadores y sus empleados/estudiantes patrocinados. El aplazamiento de las fechas de inicio del trabajo más allá del límite habitual de 28 días para los migrantes de nivel 2 (general) en ciertos casos también reducirá las presiones sobre los empleadores. Es importante destacar que, aunque hay concesiones temporales para ayudar a apoyar a las empresas y los individuos durante este período, los deberes de cumplimiento de los patrocinadores y las restricciones a los trabajadores y estudiantes patrocinados siguen siendo onerosos. Además, el gobierno del Reino Unido, en su continua respuesta a la crisis de COVID-19, anunció el 27 de marzo de 2020, el cierre temporal de todos los centros de solicitud de visados del Reino Unido en el Reino Unido y en todo el mundo. Los servicios de expedición de Visados afectados son: Centros de Servicio de Solicitudes en el Reino Unido. Todos los Centros de Solicitud de Visado y Ciudadanía del Reino Unido (UKVCAS), los servicios de inscripción de la Oficina de Correos y los Centros de Servicio y Apoyo (SSC) están actualmente cerrados temporalmente. Las citas reservadas se reprogramarán automáticamente seis semanas después de la fecha original reservada. No se pueden reservar nuevas citas. Centros de solicitud de visados en todo el mundo El Reino Unido comenzó a cerrar sus centros de solicitud de visados en el extranjero de forma gradual. El 27 de marzo de 2020, las siguientes regiones dejaron de aceptar las solicitudes de visado del Reino Unido: o VFS Global: América, Oriente Medio (mayoría), Asia Pacífico Japón (APJ). o TLSContact: Europa, África (mayoría). En el caso de las personas que ya han presentado sus solicitudes, el personal de los respectivos centros de solicitud de visado se pondrá en contacto para ofrecer opciones para la recuperación de los documentos originales. Actualización 26/03/2020: Dado que la situación cambia a diario, recomendamos que, si aún no está inscrito, se inscriba en nuestras alertas Flash de Global Mobility Services aquí: https://home.kpmg/xx/en/home/insights/2015/03/gms-flash-alerts-home.html En cuanto a los viajes al Reino Unido, el Reino Unido no ha anunciado planes para el cierre de sus fronteras. Sin embargo, el Reino Unido ha aconsejado a sus ciudadanos contra todo tipo de viajes internacionales, excepto los esenciales. Tenga en cuenta que, hasta ahora, la orientación del Ministerio del Interior es muy limitada en relación con los ciudadanos no británicos que entran y salen del Reino Unido. Puede encontrar más información en el siguiente enlace: https://www.gov.uk/guidance/travel-advice-novel-coronavirus. También puede ser útil la siguiente información: https://www.gov.uk/foreign-travel-advice/spain/return-to-the-uk. En este momento se estima que este consejo se mantiene hasta el 16 de abril de 2020, sin embargo, el Primer Ministro da sesiones informativas diarias, por lo que esto puede cambiar. Debido a la fluidez de la situación actual, el Gobierno del Reino Unido puede optar por imponer más restricciones de viaje sin mucho aviso. En cuanto a las solicitudes de inmigración que se ven afectadas, puede encontrar más información aquí: https://www.gov.uk/guidance/coronavirus-covid-19-advice-for-uk-visa-applicants-and-temporary-uk-residents#licensed-tier-2-tier-4-or-tier-5-sponsors-absences-due-to-coronavirus Como el Reino Unido ha dejado la UE, los nacionales españoles pueden viajar al Reino Unido y comenzar a trabajar hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive. Aconsejamos que presenten la solicitud correspondiente en el marco del Plan de Asentamiento de la UE tan pronto como hayan entrado en el Reino Unido y a más tardar el 30 de junio de 2021. Tenga en cuenta que estas fechas pueden cambiar. Información sobre si nuestros clientes han tomado alguna medida a nivel local: Como el Reino Unido ha aconsejado un límite a todo contacto no esencial para reducir el riesgo de propagación del virus, varios de nuestros clientes han cerrado sus oficinas físicas y están trabajando a distancia. En cuanto a los viajes, las decisiones tomadas por las empresas también van desde la suspensión temporal de los movimientos internacionales, la imposición de restricciones o prohibiciones de viaje en todo el mundo, incluso hacia y desde el Reino Unido.


RÉPUBLICA CHECA:

Actualización de 16 de marzo de 2020: Cierre de las fronteras en todo el país. Los ciudadanos checos tienen, así como residentes tienen prohibida la salida del país. Salvo los supuestos de autorizaciones de estancia de menos de 90 días. Modificación de los procedimientos migratorios iniciales o prórrogas; las autoridades migratorias sólo aceptarán el inicio de los procedimientos mediante correo postal. Se establece una prórroga/extensión de los plazos administrativos de los procedimientos que requieren la presencia física de los solicitantes. Sólo se permitirá las visitas personales si se trata de un registro a la llegada, la toma de huellas, la expedición de permisos de residencia y la emisión de una etiqueta puente, cuando esté respaldada por la prueba de viaje.

Actualización de 14 de marzo de 2020: el Gobierno checo esta tomando y dando pasos cada vez más efectivos para el control de la situación relacionada en materia del COVID19. Así, el Decreto establecido por el Gobierno checo, impone medidas de restrictivas al movimiento a los nacionales de Países de Riesgo tienen prohibida la entrada en el país (lista de Países de Riesgo). Sin embargo, esta restricción no será de aplicación a aquellos individuos que tengan una autorización o permiso de residencia en el país, pero si estarán sometidos a las medidas de cuarentena impuestas por el gobierno. Además, los nacionales checos y así como los residentes extranjeros del país tienen prohibida la salida del país o el viaje a alguno de los países de riesgo recogidos en la lista publicada por el Gobierno. Como excepción a estos viajes, sólo podrán ser realizados por nacionales o terceros nacionales con permisos de residencia en los países de riesgo. Las representaciones del país, así como sus secciones consulares cierran sus servicios de cara al público, así como la emisión de todo tipo de Visados hasta nueva orden. Además, todos los procedimientos iniciados fuera del país se encuentran interrumpidos, y los procesos de Visas temporales suspendidos.


RUSIA:

Actualización de 7 de abril de 2020: En marzo de 2020, los funcionarios rusos introdujeron varios paquetes de regulaciones, medidas y recomendaciones para detener la propagación de COVID-19 en Rusia. Las medidas incluyen la restricción de la entrada a todos los ciudadanos extranjeros, con excepciones limitadas, y la expedición de permisos de trabajo y visados para todos los ciudadanos extranjeros. 1. A partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 1 de mayo de 2020, Rusia ha restringido la entrada a todos los ciudadanos extranjeros. 2. A partir del 18 de marzo de 2020 y hasta nuevo aviso, Rusia ha restringido la expedición de permisos y visados de trabajo para todos los ciudadanos extranjeros; 3. A partir del 27 de marzo de 2020 y hasta nuevo aviso, Rusia ha suspendido todos los vuelos regulares y chárter que entran y salen de Rusia; 4. La semana del 30 de marzo de 2020 hasta el 5 de abril de 2020, se declara no laborable en Rusia para detener la propagación de COVID-19. 5. A partir del 30 de marzo de 2020, se requiere el auto-aislamiento para todos los ciudadanos de Moscú y la región de Moscú. A los ciudadanos se les permite salir de sus casas sólo para.


SUDAFRICA:

Actualización de 26/03/2020: Independientemente del cumplimiento de los requisitos de visado, se prohíbe la entrada en la República de Sudáfrica a los extranjeros que viajen desde o transiten por países de alto o mediano riesgo. No se aprobarán las solicitudes de visado de los extranjeros procedentes de países de alto riesgo y se revocarán con efecto inmediato los visados ya expedidos a los extranjeros que aún no hayan entrado en la República de Sudáfrica. Todo extranjero afectado por las restricciones de viaje y que necesite viajar a Sudáfrica por razones de emergencia o imperiosas, puede ponerse en contacto con la misión o el consulado sudafricanos más cercanos para solicitar un visado. A los países de alto y mediano riesgo se les suspenderán los acuerdos de exención de visados y el Departamento de Relaciones Internacionales y Cooperación (DIRCO). Además, a partir del 16 de marzo de 2020, se han cerrado 35 puertos terrestres y 2 puertos marítimos. Los titulares de pasaportes y documentos de viaje diplomáticos, oficiales o de servicio, expedidos por organizaciones internacionales (incluidos sus familiares), acreditados ante la República de Sudáfrica, quedarán excluidos de las restricciones de viaje. Todo extranjero originario de un país afectado por el brote de virus COVID-19 o que necesite transitar hacia un país afectado por COVID-19 y ya esté presente en la República de Sudáfrica, cuyo visado de residencia temporal esté a punto de expirar o ya haya expirado, podrá volver a solicitar dicho visado una vez que finalice el período de bloqueo. El visado podrá ser expedido/prorrogado hasta el 31 de julio de 2020. Los extranjeros que tengan visados de residencia temporal que hayan expirado entre el 31 de diciembre de 2019 y el 31 de marzo de 2020, también podrán volver a solicitar el visado correspondiente una vez que termine el período de bloqueo. Cuando un extranjero no pueda cumplir algunos de los requisitos de visado prescritos para un visado de residencia temporal, el solicitante podrá solicitar al Ministerio del Interior una exención de dichos requisitos. Es imperativo señalar que no se permitirá a los solicitantes solicitar un cambio de estatus o de las condiciones de su visado.

SUECIA:

Actualización 31 de marzo de 2020: Como parte de los esfuerzos para controlar el brote del coronavirus y del COVID-19, el gobierno sueco ha decidido restringir temporalmente la entrada a Suecia de los extranjeros que procedan de un país que no pertenezca a la Unión Europea (UE), al Espacio Económico Europeo (EEE) y a Suiza (Territorio Schengen). En cuanto a las personas que ya tengan un permiso de residencia aprobado, la recomendación de la Dirección General de Migraciones de Suecia para las solicitudes pendientes es que la fecha de inicio del empleo en Suecia se ajuste a la fecha factible de llegada a Suecia. Además, si a una persona ya se le ha concedido un permiso de trabajo sueco, pero no puede llegar al país en un plazo de cuatro meses a partir de la fecha de aprobación, el permiso deberá ser revocado. 

SUIZA:

Actualización de 31 de marzo de 2020: Los esfuerzos por contener el coronavirus 2019 (COVID-19), declarado por la Organización Mundial de la Salud como pandemia, han llevado a muchos empleadores (ya sea voluntariamente o siguiendo instrucciones del gobierno) a cambiar su entorno de trabajo y procedimientos operativos normales. Para ayudar a garantizar la salud de sus empleados y también del público en general, se ha puesto en práctica una política de tiempo completo en toda la empresa. Sin embargo, estos esfuerzos de respuesta a la pandemia del COVID-19 pueden plantear complejas consideraciones fiscales, de seguridad social y de inmigración para las personas y los empleadores. Seguridad Social: Como principio general y de conformidad con el Reglamento 883/2004 de la Unión Europea (UE), un trabajador fronterizo de un Estado miembro de la UE o de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), que sólo trabaje en un Estado, estará sujeto a la seguridad social del Estado de empleo siempre que el empleado no realice una parte sustancial de su actividad laboral (definida como más del 25 por ciento de su actividad) en su país de residencia. Los trabajadores transfronterizos diarios que viven en un Estado miembro de la Unión Europea trabajan en otro y regresan a su casa todas las noches suelen estar cubiertos por la seguridad social del país en el que trabajan. Debido a las circunstancias actuales, los empleados -incluidos los trabajadores transfronterizos- están obligados a trabajar desde su casa, con algunas excepciones. Esta situación plantea a los empleados y a los empleadores nuevos desafíos en lo que respecta a las normas internacionales de seguridad social. Sobre la base de las directrices publicadas por las autoridades cantonales y federales suizas, los trabajadores transfronterizos seguirán estando sujetos a la seguridad social en Suiza durante el período de "cuarentena", es decir, el tiempo en que se les exige que trabajen desde su domicilio durante un determinado período de tiempo. Su estatuto de seguridad social seguirá siendo el mismo y no serán considerados como trabajadores multiestatales en el contexto del Art. 13 del Reglamento (CE) Nº 883/2004. No hay que pedir el formulario A1 para confirmar esta posición.


Actualización del 17 de marzo de 2020: Suiza ha procedido al cierre de hasta 130 puntos de entrada en el país, sin embargo, se establecen restricciones y medidas especiales para los nacionales o personas que vengan desde España, Italia, Francia, Alemania y Austria. Además, el país no dará a partir de esa fecha inicio a los procedimientos de Visados Schengen de menos de 90 días para proceder a entrar en el país. El mismo caso afecta a los procedimientos de expedición de Visados Nacionales de Larga duración por un periodo de 3 meses. No hay forma de solicitar para la expedición de ambas visas. La única excepción a la norma es a los familiares de residentes de larga duración con permisos en vigor, en estos supuestos las embajadas/consulados permitirían la expedición del Visado (siempre y cuando el familiar de 1º grado precise del Visado para entrar en el país). Si tienes un permiso de trabajo o autorización de trabajo ya concedido, y que no haya caducado te permite seguir trabajando en Suiza. Sin embargo, se te aplicará la medida de teletrabajar desde casa. En cuanto a las visitas de familiares, si los mismos vienen de alguno de los cinco países mencionados con anterioridad se les negará la entrada en el país.


UCRANIA:

El 14 de marzo de 2020, el gobierno ucraniano estableció medidas restrictivas para detener la propagación del virus COVID-19 en suelo ucraniano. Las restricciones se introdujeron inicialmente hasta el 3 de abril de 2020, y posteriormente se ampliaron hasta el 24 de abril de 2020. A partir del 16 de marzo de 2020, se ha suspendido la entrada en el territorio de Ucrania de extranjeros y apátridas, salvo en el caso de las personas con derecho a residencia permanente o temporal en el territorio de Ucrania, y en algunos otros casos.

A partir del 17 de marzo de 2020, los puestos de control fronterizos están cerrados para los servicios de aviación, ferrocarril y autobús. En la actualidad, la infraestructura de transporte del país está abierta para el transporte privado/comercial.

A partir del 16 de marzo de 2020, se ha suspendido la entrada en el territorio de Ucrania de nacionales extranjeros y apátridas, excepto: a) Los nacionales extranjeros con un permiso de residencia temporal o permanente;b) Esposos e hijos de ciudadanos ucranianos; c) Los empleados de embajadas e instituciones consulares extranjeras acreditadas en Ucrania, las oficinas de misiones internacionales y las organizaciones acreditadas en Ucrania, y sus familiares; d) Conductores y personal de apoyo de vehículos de transporte (de carga), y miembros de sus tripulaciones; En otros casos, la entrada en Ucrania debe ser aprobada caso por caso por el Ministerio de Relaciones Exteriores Según lo decidido por el gobierno, 123 puestos de control continuarán operando en la frontera del país, mientras que 107 puestos de control serán cerrados.

La lista completa de los puestos de control en funcionamiento o cerrados se puede consultar en el Gabinete de Ministros de Ucrania. Todos los puestos de control en la frontera del país tendrán equipos médicos especiales. Al regresar de países con (según la información de la OMS) mayores riesgos de pandemia, se examinará a esas personas y se adoptarán las medidas adecuadas: se ordenará a una persona que se aísle en su casa durante 14 días o, de ser necesario, se la transportará a una institución de atención de la salud. las restricciones mencionadas anteriormente también se prolongarán hasta el 24 de abril de 2020.

URUGUAY:

Actualización de 31 de marzo de 2020: El 24 de marzo, las autoridades uruguayas anunciaron el cierre de las fronteras de Uruguay. Sólo los ciudadanos uruguayos y los residentes permanentes están autorizados a entrar en el país. Se prohíbe el ingreso de extranjeros al Uruguay. Esta nueva medida tiene por objeto proteger a la población uruguaya y controlar y evitar la propagación de COVID-19.

Actualización de 17 de marzo de 2020: El ejecutivo uruguayo ha suspendido las entradas en el país y procede a cerrar la frontera con Argentina. A partir del 20 de marzo se empezarán a suspende todos los vuelos desde fuera del país como fuera. Esto supone un impacto en la movildiad outbound como inbound de trabajadores en el país. Actualización de 13 de marzo de 2020: Se comienzan a tomar medidas en materia sanitaria y de distanciamiento social.


VIETNAM:

Actualización 18 de marzo de 2020: Se suspenden todos los procedimientos de solicitud y expedición de visados por las Autoridades vietnamitas; inclusive la recogida de aquellos visados que ya habían sido aprobados. Aquellas personas que ya dispongan de su visa y se encuentren viajando para entrar en el país (cualquier tipo de Visa) deberán acreditar y presentar un Certificado Médico actualizado, y que muestre que carecen del COVID19. Sin este documento no se les permite la entrada en el país. Las personas que entren en el país deberán rellenar el siguiente formulario así como respetar la cuarentena impuesta y pasar un examen médico realizado por las autoridades sanitarias vietnamitas Se aplica una cuarentena masiva y obligatoria para todas las personas que hayan estado en Estados Unidos, Europa, países del sudeste asiático, Irán, China y Corea del Sur. Además, todos los que hayan necesitado transitar por alguno de estos países también deberán proceder con la cuarentena obligatoria y el monitoreo de su salud por las autoridades sanitarias vietnamitas. Estas medidas tendrán una duración de 30 días hábiles desde el 18 de marzo de 2020. Además, serán obligatorios a partir de ahora los visados de los siguientes países: 1. Desde el 29 de febrero de 2020 para los ciudadanos de Corea del sur. 2. Desde el 3 de marzo de 2020 para los ciudadanos italianos. 3. Desde el 6 de marzo de 2020 para los familiares de ciudadanos de Corea del Sur e Italia. 4. Desde el 12 de marzo de 2020 para los ciudadanos de Dinamarca, Noruega, Finlandia, Suecia, Reino Unido, Alemania, Francia y España. 5. Desde el 21 de marzo de 2020 para los ciudadanos de Rusia, Bielorrusia y Japón.

Actualización de 12 de marzo de 2020: Se suspenden todos los procedimientos migratorios de permisos de trabajo (WP). Sólo se valorará una renovación de estos permisos si la persona se encontraba en Vietnam desde el 1 de enero de 2020, siempre y cuando pruebe que desde esa fecha no ha salido del país. Además, deberán presentar un Certificado Médico donde se aprecie que no tienen el COVID19.      











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