El programa Kit Digital es una iniciativa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España financiados por la Unión Europea de los fondos Next Generation EU.
¿Qué es el programa de ayudas Kit Digital?
El programa Kit Digital es una iniciativa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España financiados por la Unión Europea de los fondos Next Generation EU.
La finalidad del programa es mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas, de las microempresas y de autónomos, mediante la concesión de una subvención directa (de hasta 12.000 €), para la adopción de soluciones de digitalización, que deberán encontrarse en alguna de las categorías disponibles.
¿A quiénes van dirigidas las ayudas de Kit Digital?
El Programa Kit Digital tiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español y siempre que no sean Agentes Digitalizadores Adheridos.
¿Cuáles son los importes de ayuda del Bono Digital?
El importe máximo de la ayuda, que se denomina Bono Digital, dependerá del número de empleados del negocio, habiéndose establecido 3 segmentos :
¿Dónde puedo invertir el Bono Digital?
Ahora bien, el importe del Bono Digital que en su caso fuera concedido, deberá utilizarse para todas o alguna de las categorías de soluciones digitales siguientes, y que además sea prestada o implantada por un Agente Digitalizador debidamente autorizado:
- Sitio Web y presencia en internet.
- Comercio electrónico.
- Gestión de redes sociales.
- Gestión de clientes.
- Business Intelligence y Analítica.
- Gestión de procesos.
- Factura electrónica.
- Servicios y herramientas de oficina virtual.
- Comunicaciones seguras.
- Ciberseguridad.
Asimismo, para cada categoría de soluciones de
digitalización y segmento de empresa, se establece
también un tope máximo de Bono Digital que puede
utilizarse, como se indica a continuación.
¿Cuál es el catálogo de soluciones para canjear mi Bono Digital?
El objetivo del programa Kit Digital es ayudar en la digitalización de las empresas, por lo que pondrá a disposición una serie de soluciones digitales para mejorar su competitividad y su nivel de madurez digital para las que podrá canjear su Bono Digital concedido.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para obtener el Bono Digital?
Los requisitos para obtener el Bono Digital son los siguientes:
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo con menos de 50 empleados y un volumen de negocio inferior a 10 M€.
- Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. Las convocatorias podrán requerir una antigüedad mínima. Siendo de 6 meses para la primera convocatoria del segmento I.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación de Nivel de Madurez Digital de acuerdo al test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
¿Qué pasos tengo que seguir para solicitar el Bono Digital?
Los pasos a seguir para solicitar el Bono Digital son los siguientes:
- Registrarte en el área privada de www.acelerapyme.es
- Realizar la evaluación de Nivel de Madurez Digital de acuerdo al test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme
- Solicitar la ayuda mediante la cumplimentación de un formulario automatizado en la sede electrónica que se determine en cada convocatoria a través de la plataforma Acelera Pyme
- Esperar a la resolución provisional de la ayuda será notificada en un plazo de 15 días desde el inicio de la solicitud concediéndose 10 días para alegaciones.
- La resolución definitiva se notificará a través de su publicación en la sede electrónica https://sede.red.gob.es/ (accesible desde la Acelera Pyme) en un plazo máximo de 6 meses.
- Acceder al catálogo de soluciones y seleccionar y formalizar un contrato previo con los Agentes Digitalizadores de la o las soluciones seleccionadas (una solución por cada Categoría)
- Una vez contratada, deberá formalizar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización con el Agente Digitalizador Adherido en un plazo máximo de 6 meses desde la concesión de la ayuda.
¿Qué obligaciones tengo como beneficiario del Bono Digital?
Es importante tener en cuenta las siguientes obligaciones del beneficiario del Bono Digital:
1. Cumplir con las obligaciones de la ley general de subvenciones así como las contenidas en la resolución de la concesión de las ayudas.
2. Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo gasto subvencionable al órgano competente.
3. Registrar en la contabilidad, en un código contable diferenciado, el detalle de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada. Disponer de libros contables, registros diferenciados y documentos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable, así como conservar las facturas y demás justificantes de gasto y pago de la aplicación de los fondos recibidos durante un plazo mínimo de 4 años.
4. Declarar todas las ayudas de minimis recibidas durante los 2 ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio en curso.
5. Formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores
6. Entregar al órgano competente la información necesaria para medir la contribución de la actividad subvencionada y atender a los requerimientos para evaluar el Nivel de Madurez Digital en cualquier momento.
7. Establecer medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude en el cumplimiento de lo exigido.
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