Bases de cotización 2024

LEGÁLITAS IMPULSA  

El Boletín de Noticias RED 05/2024 informa de los cambios fundamentales en las bases de cotización que afectan a todos los ciudadanos. 

La información definitiva de las bases de cotización que tendrán vigencia desde el 1 de enero de 2024 ya está en vigor tras su publicación en el BOE de 27 de marzo de 2024. Según la Orden PJC/281/2024, las nuevas bases mínimas y máximas han sido establecidas de la siguiente manera oscilando entre los 1.847,40 euros y 1323,00 euros (bases mínimas) y 4.720,50 euros al mes (base máxima).

Merecen especial atención los trabajadores agrícolas por cuenta ajena, con una cotización diaria no inferior a 57,52 euros. Los contratos a tiempo parcial también muestran ajustes significativos. Además, aumenta el incremento por contratos inferiores a 30 días, ya que este se calcula en arreglo a la base mínima diaria del grupo 8. La cotización adicional para contratos inferiores a 30 días es de 31,22 euros.

Las cuotas de los contratos formativos serán: 2,67 euros para contingencias comunes y 0,33 euros para contingencias profesionales.

En el dinámico entorno académico y de investigación actual, es esencial mantenerse informado sobre las últimas actualizaciones legislativas que impactan directamente en las modalidades de contratación.

A partir de 2024, las universidades y centros de investigación experimentarán cambios significativos en la gestión de contratos para docentes e investigadores, gracias a las nuevas regulaciones que han entrado en vigor el 19 de marzo de 2024. Estos cambios incluyen modificaciones en los códigos de contrato y una mayor inclusión en la Seguridad Social para prácticas formativas y personal investigador. 


¿Cómo ingresar las diferencias de cotización que se han producido?

Hay que atenerse a la disposición transitoria primera de la Orden PJC/51/2024 de 29 de enero.

Las empresas y trabajadores deben revisar y ajustar las políticas de cotización para alinearse con estas nuevas disposiciones. De no realizarlas la Tesorería General de la Seguridad Social aplicará deudas por las diferencias de cotización de oficio.  

Prórroga en la comunicación de datos de autónomos

Atención a la comunicación de datos, los canales y formatos clarificados para la transmisión de datos esenciales a la Tesorería General de la Seguridad Social finaliza el 30 de junio. 

Cuotas autónomos 2024 

A medida que el 2024 avanza, los trabajadores autónomos en España deben ajustarse a las nuevas cuotas impuestas por la Seguridad Social, que ahora se calculan en función de los ingresos reales. Este cambio busca reflejar más equitativamente las condiciones económicas individuales y asegurar la sostenibilidad del sistema de prestaciones sociales. Consulte aquí las nuevas cuotas de autónomos 2024.  

Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas

Es posible solicitar el fraccionamiento del pago de deudas sin estar sujeto a la discrecionalidad anterior, con una flexibilización en los criterios de revocación del fraccionamiento. 

Cotización adicional de solidaridad

A partir del 2025, esta nueva medida busca equilibrar contribuciones al sistema de Seguridad Social. Introduce una cotización adicional para retribuciones que superen la base máxima de cotización, detallando su cálculo y plazos de ingreso.

Esta medida busca reforzar la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones sin generar derechos de pensión adicionales. La cuota adicional de solidaridad, introducida por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, es un esfuerzo por mantener el sistema público de pensiones sostenible a largo plazo.

El Real Decreto-ley 2/2023, vigente desde el 1 de octubre de 2023, ha introducido una medida significativa en la reforma de las pensiones españolas, tratando las jornadas laborales a tiempo parcial como un día completo de cotización para el cálculo de beneficios de la Seguridad Social.

Este cambio, que afecta a más de 2 millones de trabajadores, busca mejorar las condiciones laborales y la equidad en el acceso a prestaciones sociales, especialmente para las mujeres que predominan en estos roles.  

A quién se dirige

Se dirige a los trabajadores cuyos salarios excedan la base máxima de cotización (4.720,50 euros mensuales en 2024). A diferencia de las cotizaciones tradicionales, este recargo no genera derechos adicionales de pensión.

La medida implementa tres tramos de cotización que aumentarán gradualmente hasta 2045:

  • Desde la base máxima hasta el 10% adicional: empezando con una tasa del 0,92% en 2025 hasta el 5,5% en 2045.
  • Desde el 10% hasta el 50% adicional: empezando con una tasa del 1% en 2025 hasta el 6% en 2045.
  • Retribuciones superiores al 50% adicional: empezando con una tasa del 1,17% en 2025 hasta el 7% en 2045.

La distribución del tipo de cotización por solidaridad entre empresario y trabajador mantendrá la misma proporción que la distribución del tipo de cotización por contingencias comunes.

Plazos para la comunicación y domiciliación de pagos

Establece plazos específicos para la comunicación de datos bancarios y para la comunicación de información relevante por parte de los autónomos.


Referencia legal:

Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024. 

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