Pasos para crear tu empresa y preguntas frecuentes que debes conocer

LEGÁLITAS IMPULSA  

Si te estás planteando crear una empresa en plena era digital, y has decidido lanzarte y ser emprendedor, debes tener en cuenta varias gestiones antes de hacerlo. Para ello te recordamos que tienes a tu disposición una guía para crear tu empresa, en la que te enumeramos las acciones imprescindibles para poner en marcha tu negocio y resolvemos las preguntas más frecuentes. 

En este artículo queremos desgranarte los principales pasos y explicártelos de forma muy sencilla para que no falles a la hora de poner en marcha tu proyecto, sea el tipo de negocio que sea: e-commerce, farmacia, restaurante…

El primer paso, la obtención de la certificación negativa

El primer paso que debes seguir para poner en marcha tu proyecto es solicitar el certificado negativo del nombre de tu sociedad. 

Esto es muy importante ya que no pueden existir dos empresas con la misma denominación social.

Capital mínimo inicial para arrancar tu proyecto

Aunque en el caso de las SL no es obligatorio depositar el capital social en el momento de la firma, una vez que dispones del certificado de denominación social, tendrás que abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad que vas a crear. 

Definición de los estatutos sociales

Los estatutos sociales, que no deben confundirse con el pacto de socios, entre otras materias, deben recoger:

  • el objeto social, determinando las actividades que lo integran,
  • el capital social y participaciones o acciones en que se divida (incluyendo en su caso los diferentes derechos que se puedan atribuir a los socios),
  • el modo de administración de la Sociedad
  • y el modo de deliberar y adoptar acuerdos por parte de los órganos colegiados de la Sociedad. 

También se permite regular en los estatutos otras cuestiones tales como la existencia de prestaciones accesorias, acciones o participaciones sociales con privilegios en el voto o en el reparto de dividendos, o el régimen de transmisión de las acciones o participaciones sociales (incluyendo la obligación de no vender en un período de tiempo u otras concretas restricciones o condiciones a la transmisibilidad). 

Los impuestos de transmisiones patrimoniales que debes conocer antes de montar tu negocio

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un tributo que en su modalidad de Operaciones Societarias gravaba al 1% la constitución de sociedades.

Actualmente no aplica, por lo que no existe imposición al constituir una Sociedad, aunque sí hay que presentar el modelo de declaración. 

Aquí te dejamos los enlaces oficiales de los modelos 600, 610, 615, 620, 630 para tramitación electrónica, o si lo prefieres, para hacer la tramitación presencial.   

Trámites en Hacienda que debes cumplir para la creación de tu empresa 

En cuanto a los trámites que debes cumplir con Hacienda, el principal es el modelo de alta censal 036/037 en el cual primeramente solicitas el NIF provisional, y luego se comunica:

  • El alta de la actividad
  • El lugar de trabajo o domicilio de la empresa
  • El código/s de IAE de las actividades que se van a realizar
  • Las obligaciones formales (modelos) a nivel de Renta e IVA que vas a tener que presentar
  • Las diferentes opciones fiscales que deben elegirse en este momento inicial 

Posteriormente tendrás que presentar cada trimestre, si resultas obligado según tu actividad, el IVA, el IRPF, las retenciones a trabajadores, profesionales y alquileres. Y anualmente otra buena lista de modelos anuales.


Registro Mercantil de nuevas empresas

Entre los últimos pasos para crear tu empresa, se encuentra el de formalizar las escrituras de la constitución de la sociedad y presentarlas en el registro mercantil que corresponda en un plazo no superior a 3 meses desde la fecha de constitución. En ese momento deben nombrarse los administradores de la sociedad.


Inscripción en el registro profesional de la actividad

En función de la actividad desarrollada se deberá comunicar con carácter obligatorio el inicio de la actividad en aquellas administraciones, autoridades y/o registros. 

NIF/CIF Definitivo

Este es el último trámite que deberás realizar para crear tu empresa. El trámite se realiza a través de Hacienda con el modelo "Modelos 036 y 037. Censo de empresarios, profesionales y retenedores - Declaración de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada". Y, si dispone de certificado electrónico o se ha registrado previamente en Cl@ve PIN, puede realizar la presentación electrónica desde el trámite "Cumplimentación y presentación telemática 036".

Tras ello no olvides solicitar un certificado o firma digital para realizar las gestiones con Hacienda y la Seguridad Social.    

De todos modos, siempre que tengas dudas, te recomendamos que te apoyes en un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) para que se encarguen de la creación de tu nueva empresa. Desde esta ventanilla digital se pueden crear varios tipos de empresa con forma jurídica de sociedad mercantil, como Sociedad Limitada Nueva Empresa, Sociedad Limitada de Formación Sucesiva o Sociedad de Responsabilidad Limitada.


Preguntas frecuentes  


¿Cuál es el primer paso que tengo que dar para constituir una sociedad?

Lo primero que tienes que hacer es solicitar en el Registro Mercantil una certificación negativa de la denominación social. ¿Por qué? Pues porque este documento va a acreditar que no existan otras sociedades ya existentes que se denominen igual a la que vas a crear. Este trámite deberás realizarlo directamente a través de la página web del registro mercantil de tu provincia, por ejemplo, si vas a constituir tu sociedad en Madrid deberás acceder a https://www.rmercantilmadrid.com/RMM/Home/Index.aspx# y en el área de solicitud de certificaciones 

Este certificado, que tiene una validez de tres meses a efectos de la escritura notarial, se lo deberás aportar al Punto de Atención al Emprendedor que te va a prestar el servicio. 

¿Cómo se deposita el capital social?

Aunque no es obligatorio depositar el capital social a la firma, una vez que dispones del certificado de denominación social, tendrás que abrir una cuenta bancara a nombre de la sociedad que vas a crear, ingresando en la misma el capital mínimo inicial de 3.000 euros. Una vez hayas efectuado esta apertura de cuenta y el correspondiente ingreso, el banco te va a emitir un certificado que deberás aportar al Punto de Atención al Emprendedor que te va a prestar el servicio. 

¿Es obligatorio desembolsar el capital social de 3.000 Euros para constituir la sociedad?

No será necesario acreditar dicha aportación dineraria si manifiestas en la escritura que responderás solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales de la realidad de dicha aportación.

¿Puedo capitalizar mi prestación de desempleo para constituir una sociedad?

Sí, podrás destinar el 100% de tu prestación de desempleo como aportación al capital social de la empresa, aunque, si lo prefieres también podrías destinar este 100% para sufragar el pago mensual de la cuota de autónomos.

¿Qué formas jurídicas existen? (*) 

— Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE).

Las características principales de la Sociedad Limitada Nueva Empresa son:

- Socios: Máximo 5

- Responsabilidad: Limitado al capital aportado

- Capital: Mínimo 3.000 € y máximo 120.000 €

- Fiscalidad: Impuesto sobre sociedades 

— Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS).

Las características principales de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva son:

- Socios: Mínimo 1

- Responsabilidad: Limitada

- Capital: No existe mínimo legal

- Fiscalidad: Impuesto sobre sociedades 

— Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL o SRL).

Las características principales de la Responsabilidad Limitada son:

- Socios: Mínimo 1

- Responsabilidad: Limitado al capital aportado

- Capital: Mínimo 3.000 €

- Fiscalidad: Impuesto sobre sociedades 


(*) Fuente:http://www.paeelectronico.es/esES/CreaEmpresa/Paginas/FormasJuridicas.aspx


Desde el equipo de KPMG Impulsa te animamos a contactarnos para asesorarte como Punto PAE y poder tomar la decisión de elegir la tipología de forma jurídica que más le conviene a las características de tu negocio. ¡Contacta con nosotros!


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